Redacción Gestión

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El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental () declaró infundado el recurso de apelación presentado por la compañía minera , confirmando una multa equivalente a S/. 87,600 (24 UIT) por presentar tardíamente los informes de monitoreo de efluentes y de aire.

Se encontró que la mencionada empresa había violado la normatividad ambiental vigente al presentar tardíamente, ante , los informes de monitoreo de efluentes líquidos correspondientes al primer, segundo y tercer trimestre del año 2011 de la Unidad Minera Tintaya.

De igual forma, demoró en presentar el informe de monitoreo de aire correspondiente al segundo trimestre del año 2011.

"La realización del monitoreo tiene como propósito verificar el nivel de carga contaminante con que se vierten los efluentes minero-metalúrgicos al ambiente, lo que permite identificar los principales agentes físicos, químicos o biológicos que constituyen peligro para el ambiente. Además, permite identificar el nivel de contaminación atmosférica en el ambiente", explicó la OEFA en un comunicado.

Xtrata Tintaya incumplió el plazo de presentar sus informes de monitoreo hasta el último día hábil de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre, tal como manda la normatividad.

De esta manera, queda agotada la vía administrativa, por lo que Xstrata Tintaya deberá pagar la multa impuesta.