Redacción Gestión

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Hoy se publicó una modificación a la Ley General de Sociedad que obliga a la persona elegida como director a asumir el cargo de manera expresa por escrito y legalizar su firma ante un notario público o juez.

Esta obligación también rige para directores alternos, suplentes y reemplazantes.

Este documento será de vital importancia pues tiene que presentarse para tramitar la inscripción de la sociedad ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos ().

Asimismo, por solicitud del gerente general o cualquier integrante de directorio, un notario público puede estar presente durante una sesión para certificar la autenticidad de los acuerdo adoptados en actas.