Redacción Gestión

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En el Cusco, el (Indecopi) sancionó al (BCP) por reportar indebidamente a una consumidora ante la central de riesgos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, atribuyéndole una morosidad que no le correspondía.

El hecho se dio cuando el banco modificó las condiciones pactadas con la cliente, específicamente la tasa de interés efectiva anual, otorgándole, además, un período de gracia que la usuaria nunca solicitó y por lo cual reclamó en dos oportunidades ante la mencionada entidad.

La investigación realizada por la Oficina Regional del Indecopi Cusco, precisó que las denuncias referidas a reportes indebidos implican una infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor, debido al impacto que puede generar en los consumidores; además de la desconfianza y perjuicio en el sistema financiero.

En esa dirección, sancionó al BCP imponiéndole una multa de 2 UIT (unidades impositivas tributarias) equivalente a S/.7,400, ello considerando que el reporte fue enviado por un corto tiempo y que la conducta del banco fue corregida, incluso, antes de la denuncia. Además, el Indecopi ordenó como medida correctiva que el banco informe a la SBS la anulación de la deuda respectiva de su calificación crediticia.

Cabe resaltar que el banco acató la resolución y pagó la multa señalada.

El Indecopi recordó a los consumidores que tienen derecho a reclamar si los productos entregados o servicios prestados por el proveedor no se ajustan a lo previamente señalado o acordado por las partes. También, les pidió informarse adecuadamente antes de realizar alguna compra.

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