Para revertir la balanza comercial en el sector, es necesario destrabar la industria farmacéutica, señaló la SNI. (Foto: Reuters)
Para revertir la balanza comercial en el sector, es necesario destrabar la industria farmacéutica, señaló la SNI. (Foto: Reuters)

El, a través de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, determinó que no es barrera burocrática ilegal la imposición del silencio administrativo negativo a las solicitudes de autorización sanitaria de funcionamiento para establecimientos farmacéuticos como boticas o farmarcias.

Según la resolución de , el silencio administrativo negativo impuesto por el Ministerio de Salud (Minsa) es legal, en la medida que dicha entidad justificó técnicamente la necesidad de tutelar el interés público a través de la aplicación del silencio administrativo negativo.

El silencio administrativo negativo consiste en que, si luego del plazo establecido por ley, la autoridad no se pronuncia sobre un trámite en curso, el solicitante no debe dar por entendido que su trámite ha sido aceptado (como ocurre en el silencio administrativo positivo), sino por el contrario, que ha sido denegado.

Para el (Minsa) el interés público que se tutela es el derecho a la salud, evitándose la falta de efectividad de los productos farmacéuticos, los eventos adversos, la toxicidad y el deterioro progresivo de la salud a través del control de la proliferación de establecimientos que no cuenten con un debido almacenamiento de productos y distribución en condiciones de seguridad.

Como parte del procedimiento para obtener la referida autorización, el (Minsa) realiza inspecciones previas para verificar precisamente el cumplimiento de buenas prácticas relativas al almacenamiento de productos farmacéuticos, y otros aspectos relacionados con la dispensación.

Por ello, en este caso, la Sala Especializada de Eliminación de Barreras Burocráticas ha considerado que el Ministerio de Salud prevalece y aplica el silencio administrativo negativo con la finalidad de tutelar el derecho a la salud, cuya desprotección conduce a una limitación de la calidad de vida o la muerte de una persona.

Hay que tener en cuenta que la Autorización Sanitaria de Funcionamiento es obligatoria para que operen en el mercado los establecimientos farmacéuticos, tales como las oficinas farmacéuticas (boticas o farmacias que realizan o no preparados farmacéuticos), farmacias de los establecimientos de salud, almacenes especializados, entre otros.


TAGS RELACIONADOS