Pesquera Exalmar (Foto: USI)
Pesquera Exalmar (Foto: USI)

La , se aprobó una o varias operaciones de financiamiento, incluyendo, entre otros, emisión de obligaciones y, de ser el caso, intercambio de las mismas, u obtención de préstamos de hasta US$ 200 millones como monto máximo, incluyendo la emisión de obligaciones a ser colocadas en el mercado local o internacional y/o el intercambio de las obligaciones.

De acuerdo con un Hecho de Importancia de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), se delegará en el Directorio de la Sociedad todas las facultades necesarias para que determine todos y cada uno de los términos de los financiamientos, incluyendo en el caso particular de la emisión de obligaciones, y/o intercambio de las obligaciones emitidas vigentes, y sin que esta enumeración sea limitativa sino únicamente enunciativa, la determinación de: (i) el tipo de obligaciones a ser emitidas, (ii) la modalidad de emisión a ser utilizada y (iii) el monto de cada emisión a ser efectuada.

Así como la denominación, valor nominal y moneda, el lugar o mercado de colocación de lasobligaciones, la oportunidad y precio de colocación de cada una de las emisiones, el plazo y eventos de redención anticipada, la tasa de interés y el periodo de intereses, el destino de los recursos, el tipo de oferta, la designación de la entidad estructuradora, agentes colocadores, depositarios y representantes de los obligacionistas.

Además de el registro de las obligaciones en el Perú y el extranjero; y, en general, todas las obligaciones de hacer y no hacer
asumidas por la Sociedad y demás condiciones de la emisión.

El Directorio podrá designar, asimismo, a las personas que, en representación de la Sociedad, determinen todos los términos y  condiciones que no hayan sido determinados por el Directorio, pudiendo otorgarles los poderes y facultades de representación necesarias para tal efecto.

Hecho de Importancia - Pesquera Exalmar
Hecho de Importancia - Pesquera Exalmar