El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). (Foto: Anthony Nino de Guzman | GEC)
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). (Foto: Anthony Nino de Guzman | GEC)

La Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema declaró infundado el recurso de casación interpuesto por el Consorcio Vial San Marcos, integrado por las empresas Altesa Contratistas Generales S.A. y Obras de Ingeniería S.A., ambas investigadas por el caso del “Club de la Construcción”.

El objetivo de estos recursos era revocar la sentencia de la sala comercial que había dado la razón al recurso presentado por la Procuraduría Pública del MTC para anular el laudo arbitral que obligaba al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a abonar S/ 4.29 millones al consorcio.

De igual modo, la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema declaró improcedente el recurso de casación que interpuso la investigada constructora Queiroz Galvao contra la sentencia de la Sala Comercial de la Corte Superior de Lima, del 8 de julio de 2019.

Esta declaró fundado el recurso de anulación presentado por la Procuraduría del MTC y anuló el laudo arbitral del 18 de julio del 2017 que exigía pagar S/ 890,388.42 a la mencionada constructora por gastos en la obra “Rehabilitación y mejoramiento de la carretera Yauri–Negromayo–Imata, Tramo: Dv. Imata–Oscollo–Negromayo”.

Los recursos de anulación presentados por la Procuraduría Pública del MTC en ambos casos, tuvieron por objeto denunciar que los árbitros se habían pronunciado sobre materias que no eran susceptibles de arbitraje; es decir, sobre las cuales no tenían competencia.

El Procurador Público del MTC, David Ortiz Gaspar, señaló que los resultados judiciales que se han obtenido “son de mucha importancia para los intereses del Estado, toda vez que, los pronunciamientos de la Corte Suprema, que desestiman los recursos de casación interpuestos por los contratistas, no solo confirman nuestros argumentos que fueron estimados en primera instancia, sino además, los criterios de arbitrabilidad en contratación pública que se recogen y se consolidan a nivel jurisprudencial”.

El procurador agregó que “es un logro que beneficia al Estado, pues evita la disposición de fondos públicos para el pago de conceptos que exceden el marco legal, dinero que ahora será destinado a la inversión en los proyectos de infraestructura que el sector implementa en beneficio de los peruanos”.