Imagen referencial de archivo.
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Mediante Decreto de Urgencia N° 003-2022 publicado hoy, el Poder Ejecutivo amplió hasta el 31 de marzo del año 2023 la vigencia de las flexibilizaciones temporales de requerimientos prudenciales para las entidades del sector microfinanciero, conformado principalmente por cajas municipales y rurales, y entidades especializadas en microfinanzas, las cuales se establecieron en el Programa de Fortalecimiento Patrimonial de entidades microfinancieras, aprobado mediante el Decreto de Urgencia 037-2021.

Asimismo, se aprobó ampliar el plazo de acogimiento al Programa de Fortalecimiento Patrimonial de entidades microfinancieras hasta el 30 de abril del presente año, para que de esta manera las empresas que están en proceso de incorporación cuenten con un plazo adecuado para que puedan culminar con su proceso de acogimiento.

Considerando que los efectos económicos originados por la pandemia siguen afectando la capacidad de las entidades microfinancieras para consolidar su recuperación y alcanzar los requerimientos mínimos prudenciales para fines de marzo 2022, es que el Poder Ejecutivo aprobó la ampliación de la fecha en que vence el período de flexibilización temporal de requerimientos prudenciales tales como el límite de capital mínimo que deben mantener las instituciones financieras, entre otros establecidos en el marco normativo, indicó en un comunicado el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

“La ampliación del plazo de vigencia de las flexibilizaciones temporales hasta marzo del 2023 permitirá una recuperación más ordenada y gradual de las entidades del sistema microfinanciero que atienden principalmente a las MYPE y segmentos de menores ingresos de la población, permitiendo que puedan recuperar el dinamismo y flujos necesarios para su sostenibilidad”, señaló el titular del MEF, Óscar Graham.

Cabe recordar que las flexibilizaciones temporales de los requerimientos prudenciales comprenden: la reducción del límite de capital global de 10% a 8%; la ampliación del límite máximo de pérdida patrimonial para régimen de vigilancia, de 40% a 60%; y, la ampliación del límite máximo de pérdida patrimonio para régimen de intervención, de 50% a 80%.

En abril del 2021 se aprobó el Decreto de Urgencia N° 037- 2021 a través del cual se creó el Programa de Fortalecimiento Patrimonial de entidades microfinancieras (cajas municipales y rurales) como una respuesta frente a los efectos del COVID-19 que generaban caídas importantes en múltiples sectores que terminaban por impactar al segmento de las micro y pequeñas empresas y al subsector del sistema financiero que los atiende (las microfinancieras), generando incertidumbre en su recuperación.

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