Redacción Gestión

redaccion@gestion.pe

Miguel Alonso Juape Pintomjuape@diariogestion.com.pe

El régimen de percepciones, por el cual se cobra un importe mayor en la venta de un producto (monto que luego será usado como crédito fiscal en en su reventa), solo se debería aplicar a empresas que realizan operaciones con más del 90% que no son consumidores finales, sostuvo tributarista de (PwC).

No obstante, dijo, cuando se amplío la designación de nuevos agentes de percepción (en mayo) se incorporaron a algunas empresas de retail (que aplicarían un 2% adicional como percepción en la venta), pero no se consideró que cerca del 50% de sus operaciones se realiza a consumidores finales (que no realizan una reventa del producto adquirido).

Por ello, la designación de la crea una competencia desleal, ya que la medida no se aplica a todas las empresas retaill, criticó Porto.

Precisó que la norma establece la obligación de devolver el monto percibido (más intereses) cuando no se trate de un consumidor final.

No obstante, ello no ocurrirá cuando la persona natural que compre un monto de S/. 700 no tenga RUC, o no reclame dicho monto ante la Sunat, por lo que se debería repensar la designaciones a algunos perceptores, anotó.

SuspensiónSobre la suspensión de la aplicación de multas por el incumplimiento del sistema de percepciones hasta el 31 de agosto, dispuesta por Sunat (Gestión 03.07.2013), Porto señaló que "esta decisión podría servir para revisar los agentes de percepción indebidamente designados o la suspensión solo sería un paliativo".

EfectosOtros sectores afectados con la medida serían los que se dedican a la comercialización de leche, carnes, chocolates, cigarros, cemento, insumos químicos, pieles, cuero, plástico, entre otros. Así por ejemplo, explicó Porto, también se aplicaría un porcentaje adicional en la autoconstrucción de casas, con lo cual esta medida no solo sería ilógica sino que en la práctica elevaría el IGV de 18% a 20%, en algunos casos.