Redacción Gestión

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La (Sunafil) recordó que hoy vence el plazo para que los empleadores abonen las por Fiestas Patrias a sus trabajadores del régimen laboral de la actividad privada.

Mediante las gratificaciones se le otorga al trabajador una remuneración adicional por Fiestas Patrias y Navidad, las mismas que deben pagarse durante los primeros quince días de los meses de julio y diciembre de cada año.

En esa línea, subrayó que las empresas que no cumplan con esta obligación serán multadas por la autoridad. Esta sanción oscila entre los S/ 3,950 hasta S/ 197,500, dependiendo del tipo de empresa y la cantidad de trabajadores afectados o si es una infracción grave en materia de relaciones laborales.

En las pequeñas empresas, en cambio, las sanciones irían desde 1 UIT o S/ 3,950 hasta las 10 UIT o S/ 39,500. Mientras que en el caso de las empresas de régimen general o no MYPE, las multas van desde las 3 UIT u S/ 11,850 hasta las 50 UIT, es decir S/ 197,500.

Las , recuerda el ente estatal, le corresponde a los trabajadores de la actividad privada que sean contratados a plazo indeterminado, sujetos a modalidad o de tiempo parcial (jornada inferior a las 4 horas diarias).

El tiempo de servicios para el cálculo, se determina por cada mes calendario completo laborado en el periodo correspondiente. Los periodos computables son los semestres de enero – junio y julio – diciembre.

Gratificaciones en regímenes especiales

En el régimen de la pequeña empresa, cabe recordar, así como en el régimen laboral de los trabajadores del hogar se pagan las dos gratificaciones anuales, cada una equivalente al 50% de una remuneración mensual.

En el régimen laboral del sector agrario, en cambio el monto que corresponde se incluye en la remuneración diaria que los trabajadores perciben.

Exoneradas de descuentos

La recordó que de acuerdo con la ley N° 30334, publicada en junio del 2015, se estableció la exoneración permanente de descuentos a las gratificaciones legales.

Lo que significa que en julio y diciembre no se descontará al trabajador el 13% de los aportes que iban al sistema de pensiones y se le entregará el 9% de la contribución que pagaba el empleador a EsSalud, bajo el concepto de "bonificación extraordinaria" de carácter temporal, no remunerativo ni pensionable.

Fiscalización del pago de las gratificaciones

A la fecha, la ha realizado 6,274 acciones de fiscalización laboral para supervisar el pago de las gratificaciones, las mismas que han comprendido a 26,244 trabajadores y 4,460 empresas a nivel nacional.

En tanto que, de acuerdo a los datos de la Planilla Electrónica, durante el 2015, el total de trabajadores del régimen laboral de la actividad privada (Decreto Legislativo 728) fueron más de 27 millones 720 mil.