El personal de trabajo remoto también debe recibir equipos de protección y pruebas de tamizaje. (Foto: Eduardo Cavero/ GEC).
El personal de trabajo remoto también debe recibir equipos de protección y pruebas de tamizaje. (Foto: Eduardo Cavero/ GEC).

El empleador debe asumir el costo de los equipos de protección personal y el costo de las pruebas de tamizaje necesarias para controlar la propagación de enfermedades transmisibles, como el COVID-19, dentro y fuera del ámbito laboral, de acuerdo con el dictamen recién aprobado por el Pleno del Congreso.

Fue aprobado con 97 votos a favor, 3 en contra y 7 abstenciones el dictamen que modifica la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, para garantizar el derecho de los trabajadores a la seguridad y salud en el trabajo ante riesgo epidemiológico y sanitario.

Estos cambios beneficiarán a los trabajadores de los sectores público y privado, indistintamente del régimen laboral que tengan, o de la modalidad, presencial o remota, por la que están desarrollando sus labores.

Así pues, se señala que en el caso de declaración de emergencia sanitaria, el empleador ejerce la vigilancia epidemiológica e inteligencia sanitaria respecto de sus trabajadores con el objetivo de controlar la propagación de las enfermedades transmisibles, realizando las pruebas de tamizaje necesarias al personal a su cargo, las mismas que deben estar debidamente acreditadas por la Autoridad Nacional de Salud, sin que ello genere un costo o retención salarial de ningún tipo, al personal a su cargo.

La iniciativa plantea que los equipos de protección personal proporcionados a los trabajadores deben cumplir con las normas técnicas peruanas; su costo es asumido en su totalidad por el empleador, sin que ello genere un costo o retención salarial de ningún tipo al personal a su cargo.

En su disposición complementaria final, se indica que el Poder Ejecutivo, en un plazo de treinta días calendario, contados a partir de la vigencia de la presente ley, deberá adecuar el reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo a las modificaciones previstas en esta ley.

El presidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, Daniel Oseda Yucra (Frepap), sustentó el dictamen señalando que va a garantizar el bienestar de los trabajadores, del sector público y privado, indistintamente de su régimen laboral. Los parlamentarios Adsalón Montoya Guivin (FA), Alexander Lozano Inostroza (UPP), Maria Silipú Inga (FP), Isaias Pineda Santos (FP), y Tania Rodas Malca (APP) se mostraron a favor de la propuesta.

En tanto, la congresista Martha Chávez Cossío (NA) se mostró en contra de la iniciativa, porque, según argumentó, un trabajador que se desempeña de forma remota no debería recibir estos beneficios de la empresa.

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