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En el Perú existen más de 2.3 millones de empresas registradas, según el INEI, y todas, incluyendo a las micro, pequeñas y medianas empresas, están obligadas por la Ley General de Sociedades a realizar la Junta Obligatoria Anual de Accionistas (JOAA), en donde se deben presentar los resultados económicos del ejercicio 2018, determinar la aplicación de , elegir a los miembros del Directorio y determinar su retribución, entre otros temas.

"Este 31 de marzo es la fecha límite para llevar a cabo esta junta. Uno de los puntos más importantes a llevar a cabo en la JOAA es acordar la obtenidas durante el 2018. Además, esta reunión constituye un esencial mecanismo de control para el accionista, quien podrá saber si su inversión está siendo bien administrada”, explica Walter Aguirre, socio principal de Aguirre Abogados & Asesores.

El Directorio o la Gerencia deben convocar a la junta mediante una publicación en el diario oficial El Peruano y en otro diario de mayor circulación, con una anticipación no menor a 10 días.

Todos los documentos relacionados con la agenda deben estar disponibles para los accionistas desde el día de la convocatoria, para que estos puedan solicitar los informes o aclaraciones que crean pertinentes.

“Si los resultados del 2018 fueron positivos y se decide optar por la distribución de las ganancias, en la Junta Obligatoria Anual de Accionistas se podrá aprobar el monto y la forma de pago a cada accionista, a quienes les corresponderá la parte proporcional a su participación. En caso de enfrentar pérdidas, la junta servirá para tomar las precauciones patrimoniales del caso, como aumentar el capital social o utilizar las reservas legales o estatutarias”, afirma el especialista.

PASOS A SEGUIR
Cabe mencionar que los peruanos suelen destinar entre US$ 3,000 y US$ 5,000 para invertir en diversos mercados financieros.

“Pese a la importancia de este aspecto, la distribución de dividendos suele hacerse de manera informal, obviando los procesos que la ley establece para todas las empresas. Uno de estos procesos es llevar a cabo la Junta Obligatoria Anual de Accionistas”, explica Walter Aguirre, socio principal de Aguirre Abogados & Asesores.

El especialista en Derecho Corporativo nos explica en simples pasos cómo cobrar las ganancias que obtuvo mi empresa de acuerdo a la ley:

1) Aprobación de la gestión y resultados económicos del 2018:
El Directorio deberá formular la Memoria y los Estados Financieros de la empresa, documentos que acreditan la situación económica y financiera de la sociedad, el estado de sus negocios y los resultados obtenidos.

De haber resultados positivos durante el 2018, se deberá elaborar la propuesta de distribución de las ganancias.

“La Ley General de Sociedades establece que los Estados Financieros deben ser aprobados de forma obligatoria, por lo menos una vez al año, en la Junta Obligatoria Anual de Accionistas a celebrarse dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio económico, es decir, hasta el 31 de marzo del presente año”, indica Aguirre.

Durante esta junta obligatoria, además de la aprobación de los Estados Financieros por los accionistas, se debe decidir también la distribución de las ganancias, la elección de los miembros del Directorio, su retribución, y el nombramiento de los auditores externos, entre otros asuntos relevantes, previamente acordados por la empresa.

2) Cumplir con las detracciones legales: 
Para poder calcular la ganancia a distribuir, primero se deberá cumplir con compensar las pérdidas de ejercicios anteriores, determinar el Impuesto a la Renta, establecer la participación de los trabajadores en las utilidades de la sociedad, detraer un mínimo del 10% de la utilidad para destinarlo a la reserva legal y la retribución del Directorio.

Efectuadas estas detracciones mandatorias por le Ley General de Sociedades, se determinará la ganancia que será distribuida entre los accionistas.

3) ¿Repartir las ganancias o reinvertirlas?
Una vez cumplidos los anteriores pasos, se podrá decidir qué hacer con las ganancias o dividendos: distribuirlos o mantenerlos para una reinversión.

“Si son resultados positivos y se decide optar por la distribución de las ganancias, en la Junta Obligatoria Anual de Accionistas se podrá aprobar el monto y la forma de pago a cada accionista, a quienes les corresponderá la parte proporcional a su participación en el capital social, independientemente si son trabajadores o no de la empresa. Por ejemplo, quien tenga el 10% de acciones, recibirá un 10 % de las ganancias”, sostiene el socio principal de Aguirre Abogados & Asesores.

También es necesario recalcar que el dinero podría mantenerse y reinvertirse nuevamente en la empresa, si así es decido por todos los accionistas.

4) ¿Y qué sucede si la empresa tuvo pérdidas?
Sin embargo, ¿qué sucede si durante el año anterior mi empresa no obtuvo los resultados que esperaba? Para el especialista de Aguirre Abogados & Asesores, si una empresa se enfrenta a un escenario negativo, una de las decisiones más importantes será la relacionada a la gestión social y a la aplicación de los resultados, ya que si se tuvo pérdidas o, en el peor de los casos, la empresa enfrenta un desbalance patrimonial significativo, esta situación se deberá evaluar en la Junta Obligatoria Anual de Accionistas y se decidirá si se efectúan nuevos aportes, si utilizan las reservas legales o de libre disposición, entre otras acciones para resguardar a la empresa.

“Como socio inversionista, para saber si su inversión está siendo bien manejada, si va a obtener la rentabilidad deseada, si la empresa tendrá éxito en el largo plazo, resulta realmente importante asistir a la Junta Obligatoria Anual de Accionistas de su empresa. Por otro lado, los órganos de administración deberán cumplir con su obligación de convocar a la mencionada junta, de lo contrario podrían llegar a enfrentar hasta responsabilidades civiles frente a la sociedad, los accionistas y terceros”, finaliza Aguirre.