El pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia la eliminación del régimen de contratación administrativa de servicios (CAS) en el sector público y que todos los trabajadores con estos contratos pasen a los regímenes 728, es decir, con los mismos beneficios que en el sector privado, o al 276, que es el de la carrera pública.
Fueron 105 votos a favor, siete abstenciones y ninguno en contra los que le dieron viabilidad a esta iniciativa, que había sido observada previamente por el Poder Ejecutivo.
Según la ley aprobada por el Congreso, el pase de los trabajadores CAS a los regímenes mencionados, se dará de manera progresiva y el procedimiento será determinado en el reglamento que debe ser aprobado en 60 días.
Además se precisa que todos los contratos CAS tienen carácter de indefinido, mientras dure el proceso de incorporación a otros regímenes. Solo están excluidos quienes tienen contratos CAS de confianza.
Desde de la publicación de la norma se prohíbe contratar bajo el régimen CAS.
Requisitos
Para el pase a otros regímenes se establecen cuatro requisitos. El primero es que quienes tienen contratos CAS realicen labores de carácter permanente al momento de la entrada en vigencia de la ley.
En segundo lugar, tener contrato CAS por dos años de modo continuo o tres años de modo discontinuo. Estos plazos se computan a partir de la fecha de la publicación de la norma. El tercer punto es haber ingresado a la institución mediante concurso público o en su defecto haber tenido la condición de servicios no personales y posterior contrato administrativo de servicios.
Finalmente, los trabajadores que hayan renunciado a un contrato CAS para asumir un contrato distinto en el ínterin de la norma, también serán beneficiados con la ley.
Costo
De acuerdo con el Poder Ejecutivo, la implementación de esta norma tendrá un costo superior a los S/ 4,200 millones, ya que implica que más de 324,000 funcionarios públicos, de los cuales casi 168,000, pasarán al régimen 728 y más de 156,000 lo harán al régimen 276 (ver tabla).
Según el Gobierno, la norma vulnera el artículo 79 de la Constitución, que prohíbe al Congreso tener iniciativa de gasto.
- Inconstitucional. A finales del año pasado, el Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad de la Ley 31039, que permitía ascensos automáticos en el personal de salud. En esta norma estaba incluido un artículo que permitía el pase de los trabajadores CAS de Essalud al régimen 728, extendiendo a más trabajadores un beneficio que ya se había materializado años antes.
Se afecta la implementación del servicio civil
Uno de los problemas que generará esta norma es que afectará la implementación del servicio civil, más conocido como Servir, que busca que el Estado cuente con un régimen laboral único, pero que luego de más de siete años de publicada la norma aún no despega.
Hasta enero eran solo 92 entidades públicas las que contaban con la resolución de inicio a la Ley del Servicio Civil y 308 entidades habían conformado la respectiva comisión para el tránsito al referido régimen.
Para el Poder Ejecutivo, la norma va en contra de la Constitución en lo referido a la separación de poderes, ya que el Congreso estaría tomando decisiones que le competen al Gobierno respecto de que este último tiene la competencia de la gestión de los recursos humanos en el sector público.