Redacción Gestión

redaccion@gestion.pe

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley de Creación del (Sanipes) con el objetivo de garantizar la inocuidad en toda la cadena productiva de los productos pesqueros, acuícolas y de piensos de origen hidrobiológico.

Ello mediante la certificación sanitaria de calidad, fortaleciendo la autoridad sanitaria pesquera, elevándola a niveles de competitividad técnica y científica, con el propósito de proteger la vida y la salud pública.

También dispone la derogación de los artículos de la Ley N° 28559, Ley del Sanipes; del Decreto Legislativo 1062, que aprueba la Ley de Inocuidad de los Alimentos; del Decreto Ley 25977, Ley General de Pesca, en lo que resulte aplicable; y de las normas que se opongan a la ley publicada hoy.

Según la nueva ley, el Sanipes es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia.

El Sanipes tiene competencia para normar, supervisar y fiscalizar los servicios de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito nacional, así como aquellos servicios complementarios vinculados que brinden los agentes públicos o privados relacionados con el sector de la pesca, enmarcados en las medidas y normas sanitarias y fitosanitarias internacionales.

El consejo directivo es el órgano máximo del Sanipes encargado de aprobar las políticas de su administración; está integrado por un representante del Viceministerio de Pesquería, quien lo presidirá.

Igualmente, por un representante de las siguientes instituciones: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), Ministerio de Salud (Minsa), de las universidades públicas y privadas designado por la Asamblea Nacional de Rectores del Perú, de los gobiernos regionales, de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y por el director ejecutivo.

También dispone transferir las funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) al Sanipes, correspondientes a la Dirección General del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera; así como los bienes, pasivos, y personal, dentro del plazo de 60 días, contado desde la aprobación del reglamento de la ley.