El Ejecutivo derogó la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, o más conocida como el , con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la prestación de servicios y la infraestructura, dando inicio a Invierte.pe.

Así, con la publicación del , se crea el , entre los principios de la programación multianual de la inversión, se establece que los proyectos deben responder a las brechas de infraestructura o de acceso a servicios públicos.

Se establece que la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del , es el ente rector del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y en su calidad de más alta autoridad técnico normativa administra el Banco de Inversiones; dictará los procedimientos y los lineamientos para la programación multianual de inversiones y el ciclo de inversión, supervisando su calidad.

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En la disposición complementaria se remarca que las transferencias se realizarán para inversiones que están orientadas al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios públicos, verificados por el Sector competente, conforme a los planes sectoriales nacionales.

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Asimismo, el Poder Ejecutivo, a propuesta del MEF, aprobará el Reglamento del presente Decreto Legislativo en el plazo máximo de 60 días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación del presente Decreto Legislativo.