La exsuperintendenta nacional de la Sunat, Claudia Suárez, comento en una última entrevista con Gestión que una de las tareas pendientes que deberá asumir quien le suceda en el cargo es una gran reforma tributaria para adecuar el Código Tributario, el Impuesto a la Renta (IR) y el IGV a la nueva era digital.
Gestion.pe consultó con Gustavo López-Ameri, socio de Tax & Legal, de Deloitte Perú, para conocer cuáles podrían ser las prioridades para esta transición. Estos son sus comentarios.
1.- Modificación del Código Tributario. Para López-Ameri, este punto debería ser el prioritario, pues ya existe incluso proyectos para gravar servicios digitales.
“La modificación del Código Tributario va de la mano con la incursión de la Sunat en un proceso de transformación digital”, indica. Así, comenta que la administración tributaria viene incorporando el uso de big data, lo que va a implicar una serie de cambios al interior de la Sunat, lo que implica “una mejora de los controles de cumplimiento tributario y un aumento de la recaudación”.
“Lo que está tratando de hacer Sunat es dejar la parte “manual” del proceso e irse a lo digital. El Código Tributario está pensado sobre la base de documentos y ahora la digitalización va a obligar a tener un nuevo enfoque para adecuarse a los nuevos procedimientos, más eficaces”, indica.
2.-IGV. Un servicio digital es aquel que se presta a través de plataformas de internet o tecnologías similares. En opinión de López-Ameri se ha generado un vacío en el cobro del uso de plataformas de streaming o similares.
“La alternativa que va ganando más fuerza, al menos en países de la región, es usar las entidades financieras donde se pagan estos servicios como agentes de retención del impuesto. Dependiendo de cómo se defina normativamente, apalancarse en estas empresas para lograr la recaudación, de alguna manera va a generar un incremento a la recaudación importante”, detalla.
3.-Encarecimiento. En cuanto al cobro de IR a empresas de streaming, al igual que ocurre con el de IGV, las medidas podrían producir un encarecimiento de los servicios. “Por ejemplo, si a Netflix se le grava con un 30% de IR, es posible que el servicio se encarezca en la misma proporción para que la compañía reciba en neto lo que siempre recibía”, ejemplifica.