Desde marzo próximo, las empresas deberán iniciar el pago del Impuesto a la Renta ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat). Para esto, y con la finalidad de reducir sus pagos, también se validan las deducciones de gastos que permiten realizar nuevos cálculos para el pago.
Pero, ¿Qué sucede si Sunat presenta observaciones sobre las deducciones de una empresa? Para ello, Gestión.pe conversó con Paul Serrano, socio Líder de PSV Consultores, quien brindó detalles de cuáles son las principales observaciones que hace la Sunat al momento del pago de Impuesto a la Renta.
"Siempre suelo comentar que Sunat funge como accionista de la empresa y tiene una participación del 29.5% en las utilidades de la misma. Por lo tanto como accionista querrá verificar el reconocimiento de ingresos, costos y gastos a efectos que su participación no sea afectada. En ese sentido, los contribuyentes deben ser muy diligentes a la hora de sustentar sus operaciones, a efectos de no tener continencias tributarias", explica Paul Serrano.
Las principales observaciones de la Sunat
Un primer aspecto, explica Serrano, es que una empresa debe demostrar que los gastos en los que incurre "deben ser necesarios para producir o mantener la fuente generadora de rentas gravadas, a lo que el llama la aplicación del Principio de Causalidad.
"Eso significa que una empresa no puede sustentar gastos que no corresponden al giro de negocio de la empresa. De igual forma no se pueden sustentar gastos en comprobantes que no cumplen los requisitos mínimos o que son emitidos por contribuyentes no habidos, entre otros", señala Serrano.
Por otra parte, Sunat también suele observar los gastos superiores a los S/ 3,500 o US$ 1,000 en los que se está obligado a bancarizar la operación. De igual forma, Serrano refiere que las operacionea a sustentar deben ser fehacientes.
"Esto quiere decir que los gastos deben contar con sustentos suficientes que acrediten la efectiva adquisición de los bienes o servicios (ejemplos: guías de remisión, informes, presupuestos, ordenes de compra, contratos, etc). – la SUNAT y sus auditores tienen una suerte de premisa interna que dice “Los gastos no solo deben ser gastos, sino parecerlo”, señala.
El gasto de vehículos de alta gama
Serrano también detalla que el gasto por vehículos de Alta Gama en el uso de actividades de administración, representación y/o dirección, tienen un tope de 26 UIT, es decir S/ 109,200. Si el valor del vehículo se excede, Sunat observa dicho gasto. Sin embargo, si el gasto es para otra función que no sea la de administración, representación y/o dirección sí es viable la sustentación del gasto.
“Existen otros asuntos importantes, pero ciertamente más complejos que requieren de asesoría tributaria especializada y dependen del rubro del negocio, por ejemplo, los asuntos no son necesariamente similares en una empresa de construcción que una empresa exportadora de uvas o una asociación sin fines de lucro”, señala Paul Serrano.