El uso de mascarilla es obligatorio, así como presentar una prueba molecular de descarte. (Foto: Leandro Britto / GEC)
El uso de mascarilla es obligatorio, así como presentar una prueba molecular de descarte. (Foto: Leandro Britto / GEC)

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) prorrogó la suspensión de los vuelos de pasajeros provenientes de destinos con una duración mayor a ocho horas de viaje y del Brasil a fin de impedir la propagación el COVID-19 en el país hasta el 14 de marzo.

Mediante la publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se señala que la prórroga entra en vigencia desde este lunes, con el objetivo de frenar los contagios y la propagación de las nuevas variantes del coronavirus.

Según precisan los “Lineamientos sectoriales para la prevención del COVID-19 en la prestación del servicio de transporte aéreo internacional de pasajeros”, estos son los requisitos que se deben cumplir:

-Uso de Mascarilla-

El pasajero debe usar mascarilla y escudo facial durante todo el viaje y durante su permanencia en el aeropuerto. Esto excepto cuando sea requerido para los controles de seguridad o en caso de emergencia durante el vuelo.

Si los pasajeros incumplen con el uso de mascarillas u otras condiciones señaladas en el protocolo pueden generar que se cancele su abordaje o se rechace su embarque.

-Presentar prueba negativa-

Presentar el resultado negativo de una prueba PCR realizada en un tiempo máximo de 72 horas antes del viaje. Esto se presenta en los mostradores de facturación o en sala de embarque. La exigencia es para todos los pasajeros. Las personas que presenten síntomas de COVID-19 están impedidas de viajar.

-Declaración jurada-

Todos los pasajeros están obligados a completar una declaración jurada en la que se especifique que no tienen síntomas relacionados con la enfermedad. El documento debe realizarse en las 72 horas previas al viaje.

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