La referida norma establece medidas preventivas para evitar el contagio de coronavirus en las instalaciones. (Foto: GEC)
La referida norma establece medidas preventivas para evitar el contagio de coronavirus en las instalaciones. (Foto: GEC)

El ministro de Comercio Exterior y Turismo, Edgar Vásquez, anunció la publicación del Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para hoteles categorizados, a través de la Resolución Ministerial N° 080-2020-Mincetur, en el marco de la reactivación económica en el país.

En ese sentido, el titular del sector indicó que “se prevé que alrededor de 1.400 establecimientos, de 1 a 5 estrellas, a nivel nacional, podrán cumplir” con el mencionado protocolo.

La referida norma establece medidas preventivas para evitar el contagio del nuevo coronavirus en las instalaciones de los hoteles categorizados. Al mismo tiempo, busca proteger la salud de los colaboradores, clientes y proveedores; además de fortalecer los sistemas de vigilancia, contención y respuesta frente al riesgo de contagio del virus.

El Mincetur destacó que entre los aspectos resaltantes que contiene el Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para hoteles categorizados, se pueden mencionar los siguientes:

  • Establece las responsabilidades y las medidas preventivas de sanidad obligatorias que debe cumplir el personal del hotel.
  • Establece los procesos sanitarios para la interacción con los clientes en áreas como recepción, áreas comunes, servicio de alimentación que es solo para huéspedes.
  • Establece procedimientos de limpieza y desinfección para cada área del hotel: seguridad, recepción, lobby, ascensores, escaleras, pasadizos, housekeeping, lavandería, almacenes y las áreas de uso del personal administrativo.
  • Los hoteles que reanudan sus servicios deben implementar su plan de vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo.
  • Para conoce más acerca del nuevo protocolo puede ingresar .

Un hotel categorizado es aquel que está debidamente formalizado y que ha cumplido con los requisitos y condiciones establecidos en el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje vigente, siendo incluido en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos del Mincetur. La fiscalización de los mismos está a cargo de los Gobiernos Regionales y Locales, en el marco de sus respectivas competencias.