Sunat ha permitido también la liberación de los fondos acumulados por detracciones hasta el 15 de marzo y no solo hasta el último día de febrero. (Foto: GEC)
Sunat ha permitido también la liberación de los fondos acumulados por detracciones hasta el 15 de marzo y no solo hasta el último día de febrero. (Foto: GEC)

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) transfirió más de S/ 528 millones a favor de 5,858 empresas a través de la liberación anticipada de detracciones para otorgarles mayores recursos y mitigar el impacto económico del coronavirus (COVID-19).

El adelanto de esa transferencia se realizó a través del abono a sus cuentas de distintas entidades financieras del país, para un acceso más oportuno de esos fondos.

¿Para que sirve la cuenta de detracciones? Los recursos acumulados en las cuentas de detracciones de las empresas proveedoras de determinados bienes y servicios, son de uso exclusivo para el pago de impuestos, deudas y multas; y solo puede ser liberados una vez cubiertas esas obligaciones. Para solicitar el acceso a esos fondos, las empresas disponen de los primeros cinco días hábiles de enero, abril, julio y octubre.

Por esa razón, la liberación anticipada de esos fondos fue una de las primeras medidas que adoptó la Sunat ante el Estado de Emergencia Nacional, con el objetivo que las empresas no tengan que esperar los primeros cinco días útiles de abril para solicitar el acceso a esos fondos, sino que puedan hacerlo desde el lunes 23 de marzo hasta el 7 de abril.

Esta medida incluyó también la liberación de los fondos acumulados hasta el 15 de marzo, y no solo hasta el último día de febrero.

La Sunat previsto liberar un monto mayor de fondos de las cuentas de detracciones de las empresas, conforme se vayan procesando sus solicitudes presentadas.

En los últimos días, la Sunat dispuso una serie de medidas de alivio tributario a favor de los contribuyentes, personas naturales y empresas, entre las cuales destacan la prórroga por tres meses de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta, la postergación de la declaración y pago de tributos mensuales, la no sanción por infracciones durante el periodo de emergencia, entre otras.