El MEF iba a dar prórroga para la declaración del pago del impuesto a la renta únicamente a las mipymes en caso se vieran afectadas económicamente por el COVID-19. (Foto: GEC)
El MEF iba a dar prórroga para la declaración del pago del impuesto a la renta únicamente a las mipymes en caso se vieran afectadas económicamente por el COVID-19. (Foto: GEC)

El Sunat estableció que la prórroga para el pago del Impuesto a la Renta será de aplicación para personas naturales, además de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) que hayan facturado hasta S/ 9 millones 660 mil en el 2019 (2,300 UIT).

A través de una resolución de la Sunat (N° 054-2020/SUNAT) publicada este viernes, se oficializó la prórroga de la declaración jurada de impuestos y, por consiguiente, del pago.

“Las empresas, que debían regularizar la declaración del impuesto a la renta desde marzo, ahora podrán hacerlo desde junio. Esta medida no excluye a ningún sector, incluye a todos”, explicó el tributarista José Verona, en diálogo con . La norma también aplica a los no domiciliados.

Según explicó, esta medida afectará menos del 20% de la recaudación por regularización del Impuesto a la Renta, puesto que más del 80% de la recaudación corresponde a las empresas que son parte de los Principales Contribuyentes (PRICOS), cuya facturación supera los S/ 10 millones al año.

El nuevo cronograma establecido por la Sunat.
El nuevo cronograma establecido por la Sunat.

Verona indicó que en el 2019, por regularización del Impuesto a la Renta se recaudó S/6,363 millones, por lo que el impacto económico de la resolución que prorroga la declaración de este tributo será menor a los S/1,400 millones.

(Cortesía: José Verona)
(Cortesía: José Verona)

El abogado tributarista también precisó que anualmente los impuestos de personas naturales suman más de S/14,744 millones y la de empresas más de S/25,136 millones; si bien hay personas naturales que generan renta empresarial porque tienen negocios.

(Cortesía: José Verona)
(Cortesía: José Verona)

Además, la norma establece que los contribuyentes que registraron ingresos superiores a los 2,300 UIT en el 2019 mantendrán los plazos de vencimientos aprobados inicialmente (del 25 de marzo al 8 de abril), siguiente el cronograma inicial.

El último jueves, la titular del sector, María Antonieta Alva, indicó que el Gobierno decidió extender la medida para que las personas puedan tener “liquidez inmediata” contra el coronavirus.

“Hoy, el presidente Martín Vizcarra anunció la prórroga del pago de Impuesto a la Renta para las mipymes hasta el 30 de junio. Medida que se está ampliando a las personas naturales. De esta manera podrán tener liquidez inmediata frente al impacto del COVID-19”, dijo Alva.