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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el “Reglamento General de las No Autorizadas a Captar Recursos del Público”, norma que había sido pre-publicada en octubre del año pasado.

Para la elaboración del reglamento, la SBS ha tomado en consideración la naturaleza especial de las , así como los criterios de proporcionalidad y gradualidad, en la medida que el sistema Coopac presenta entidades de diverso tamaño y riesgo, que deberán adecuarse al nuevo marco normativo aplicable.

Entre los principales puntos, se establecen disposiciones referidas a la constitución e inscripción de las Coopac en los registros correspondientes, aprobación y modificación de estatutos, gobierno corporativo, operaciones y servicios, así como normas prudenciales referidas a capital y aportes, reserva cooperativa, patrimonio efectivo, requerimientos patrimoniales, límite global, límites operativos y de concentración, gestión de créditos y garantías, y requerimientos de liquidez.

El reglamento establece plazos de adecuación de las hasta el 31 de marzo del 2020 y 2021, según cada requisito.

Para conocer los detalles del reglamento puede hacer click en