Contraloría
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La Contraloría General de la República informó que hoy se publicó la resolución 100-2020-CG, mediante la cual se adecuan los plazos procedimentales del Servicio de Control Simultáneo para los casos de Estado de Emergencia decretada para afrontar el Coronavirus.

Así, se establece que el titular de la entidad a la que se realiza el servicio de control simultáneo deberá remitir al órgano de Control Institucional (OCI) correspondiente, el Plan de Acción en un plazo máximo de cinco días contados a partir del día hábil siguiente de recibido el informe de control por parte de la entidad o dependencia que corresponda.

Mientras que el plazo máximo para la implementación del Plan de Acción por parte de la entidad o dependencia sujeta a control simultáneo es de un mes (30 días).

Contraloría señaló que de esta forma se viene adecuando el marco legal en materia de gestión gubernamental para que la Contraloría inicie el acompañamiento a los gestores públicos una vez el Congreso de la República apruebe la implementación del control concurrente.

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