El Decreto de Urgencia (DU) N° 003 fue prorrogado por 30 días adicionales con la finalidad de evitar que las empresas vinculadas a delitos de corrupción transfieran recursos al exterior y no paguen la reparación civil, así como para que se apruebe una norma consensuada, en el Congreso de la República (Gestión 13.02.2018).

Uno de los objetivos del Proyecto de Ley (PL) 2804, presentado por el Ejecutivo, es que se realice la retención inmediata para la formación de un fideicomiso que garantice la reparación civil al Estado.

Uno de los cuestionamientos al DU N° 003, vigente, es que el procurador debe previamente estimar el monto de reparación civil para iniciar la retención en el fideicomiso, en una eventual venta de los activos.

De aprobarse el PL 2804, ya no se requerirá el referido informe del Procurador para la constitución del fideicomiso que garantice la reparación civil a favor del Estado.

Cabe indicar que ninguna venta de activos fue aprobada durante la vigencia del DU 003, y el monto retenido en favor del Estado, fue de S/ 25 millones.

Apuntes
La ministra de Economía y Finanzas, Claudia Cooper, explicó que el eje central del PL 2804 es la conformación de un fideicomiso, de aplicación inmediata y que se diferencie por grupo de empresa, y que impediría la aplicación de cualquier otra medida cautelar.

Al respecto, la congresista no agrupada Yeni Vilcatoma, en declaraciones a Canal N, cuestionó la conformación del fideicomiso, debido a que se restaría facultades al procurador y no garantizaría el pago de la reparación civil.

Detalló, por el contrario, que existen medidas cautelares judiciales que se pueden aplicar sin que ello signifique una quiebra para las empresas o la ruptura de la cadena de pagos a los proveedores de las compañías condenadas o confesas de actos de corrupción (administración judicial, embargos, entre otros).

No obstante, la titular de Economía explicó que el fideicomiso no tiene un valor máximo, en el caso de las empresas confesas de actos de corrupción, debido precisamente a que el resultado final dependerá de las estimaciones del procurador.

No obstante, la reparación civil es determinada por el juez y eso no ocurrirá de inmediato, remarcó.

Por esa razón, dijo, la retención para el fideicomiso se recabaría del 50% del precio de venta neta (utilidad), y asimismo, de otra retención del 10% respecto de los pagos que realice el Estado en cada proyecto.
Medidas similares se aplicarán para las empresas consorciadas y para aquellas que se acojan voluntariamente, debido a que se les permitirá continuar contratando con el Estado, bajo ciertas condiciones (ver gráfico).

DU 003
DU 003