Si bien el Consejo Fiscal reconoce que el incumplimiento es de 0,1 puntos porcentuales del PBI, expresa también su preocupación debido a que este incumplimiento se explica por menores ingresos y un mayor gasto corriente; no por un mayor gasto en reconstrucción.

El gasto ejecutado en reconstrucción fue de 0,1% del PBI en 2017, bastante por debajo del 0,5% previsto. Es decir, se incumplió la regla macrofiscal, a pesar de una sub-ejecución del gasto en reconstrucción en 0,4 p.p. del PBI.

Por otro lado, el CF observa que las desviaciones registradas en los ingresos y gasto corriente del Gobierno General son consistentes con la tendencia que han mantenido estas variables en los últimos años: caída pronunciada de los ingresos y un incremento del gasto público, sobre todo del gasto poco flexible, provocando como resultado un deterioro del espacio fiscal del gobierno.

En este escenario, si bien las medidas correctivas señaladas en respuesta a la situación fiscal van en la dirección correcta, se requiere un mayor detalle de su efectividad e impacto para asegurar el cumplimiento de las reglas fiscales de los años siguientes.

Sobre la regla fiscal del saldo de deuda total aplicable a los gobiernos subnacionales, el CF considera positivo el efecto de los regímenes de sinceramiento sobre el tamaño de la deuda exigible y real.

Sin embargo, el CF advierte que existe un alto riesgo de que los programas de sinceramiento de la deuda con las AFPs (REPRO-AFP), la ONP y EsSalud (SIDEA) no cumplan con el objetivo para los cuales fueron creados, debido a que las entidades acogidas no están cumpliendo con el cronograma y carecen de incentivos y mecanismos para asegurar el pago de las cuotas establecidas.

Asimismo, el CF considera que existen otros riesgos derivados del crecimiento de sentencias judiciales que podrían comprometer la sostenibilidad de las finanzas públicas de los gobiernos subnacionales.

Por ese motivo, el CF considera pertinente la estimación de un nivel sostenible de endeudamiento para los gobiernos locales y regionales, el cual considere las características de sus finanzas públicas.

Adicionalmente, el CF opina que cuando se utilice una calificación crediticia para solicitar la exoneración del cumplimiento de las reglas fiscales, esta no debe considerar la garantía explícita o implícita del gobierno nacional.

Finalmente, el CF propone que para efectos del cálculo de la regla fiscal del ahorro corriente de los gobiernos subnacionales se consideren los ingresos corrientes excluyendo las transferencias derivadas de la explotación de recursos naturales, con el objetivo de alinear el gasto corriente subnacional con sus ingresos de carácter permanente.