Según el proyecto aprobado en la Comisión de Transportes del Congreso, la nueva aerolínea ofrecerá tarifas a bajo costo en rutas troncales y subsidiarias. (Foto: GEC)
Según el proyecto aprobado en la Comisión de Transportes del Congreso, la nueva aerolínea ofrecerá tarifas a bajo costo en rutas troncales y subsidiarias. (Foto: GEC)

En medio de la peor crisis de la aviación comercial por la pandemia del coronavirus (COVID-19), la Comisión de Transportes del Congreso de la República aprobó por mayoría este martes un proyecto de ley que declara de interés la creación de una línea aérea nacional.

Inicialmente el , tenía el planteamiento para crear la línea aérea bandera, presentado por el congresista Luis Simeón Hurtado (Acción Popular).

En el proceso del debate, el texto se modificó eliminando la propuesta de monto de inversión y quedando como una declaratorio de interés. Sin embargo, en la propuesta legislativa se plantean cambios en la ley que regula la aviación comercial, con el que se abre camino para la creación de la línea bandera.

El dictamen de la Comisión de Transportes que fue aprobado por 9 votos a favor y uno en contra.

Los legisladores que apoyaron el proyecto fueron: Luis Simeón Hurtado y Manuel Merino (Acción Popular); Robledo Gutarra Ramos y Richard Rubio Gariza (Frepap); Eduardo Acate Coronel y Alexander Hidalgo Zamalloa (Alianza para el Progreso)

Asimismo, Carlos Fernández Chacón (Frente Amplio), Robinson Gupioc (Podemos Perú) y María Bartolo Romero (Nueva Constitución). Votó solitariamente en contra Mártires Lizana (Fuerza Popular).

“A quién no le gustaría que su país tenga una aerolínea de bandera”, dijo Rubio Gariza, quien puso como ejemplo a Alemania, Francia, Portugal, Colombia, Chile, Argentina, España y Rusia con aerolíneas de bandera.

Según el proyecto, el objetivo es que el Estado Declárese de interés nacional y de preferente necesidad pública la creación de la “Línea Aérea de Bandera del Perú” (ALPERU), para la prestación de servicios de transporte aéreo regular y no regular de pasajeros y carga en el ámbito nacional e internacional, económico y seguro, dentro del marco de la Constitución Política del Perú, la Ley 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y la Ley N° 26887, Ley General de Sociedades.”.