Los valores inexactos respecto del TINE y TLLI se observaron en todos los departamentos del país. (Foto: Reuters)
Los valores inexactos respecto del TINE y TLLI se observaron en todos los departamentos del país. (Foto: Reuters)

Osiptel confirmó una multa de 45.9 UIT (S/ 192,780) a Telefónica por publicar en su página web información inexacta de los valores de los indicadores de calidad Tasa de Intentos No Establecidos (TINE) y Tasa de Llamadas Interrumpidas (TLLI) del servicio público móvil, correspondientes al cuarto trimestre de 2016.

Estos indicadores son utilizados por el organismo regulador para llevar cuenta de la cantidad de llamadas que logran concretarse o finalizan abruptamente ante problemas externos o internos del servicio de telefonía.

De acuerdo con un informe de supervisión, los valores inexactos respecto del TINE y TLLI se observaron en todos los departamentos del país en al menos un mes del periodo evaluado.

A ello se suma que, en 15 departamentos, Telefónica publicó un valor del indicador TINE inferior al obtenido por el Osiptel, y para el caso del indicador TLLI, hizo lo mismo para nueve departamentos.

“Es importante señalar que el cumplir con los valores objetivos para los indicadores de calidad y, el publicar información exacta sobre los mismos en la página web, constituyen obligaciones distintas, con lo cual el cumplimiento de una, no supone el cumplimiento de la otra más aún si se considera que salvaguardan bienes jurídicos diferentes”, se argumenta.

Al emitir sus descargos, Telefónica afirmó que no obtuvo ningún beneficio ilícito, debido a que la publicación web de los indicadores TINE y TLLI no buscaban distorsionar los valores reales.

Sin embargo, Osiptel indicó que “lo considerado por la Primera Instancia para la cuantificación del beneficio ilícito fue correcto, en tanto se tomaron en cuenta los costos que se habría evitado la empresa operadora relacionados con la disposición de recursos humanos y de sistemas para la publicación correcta de los indicadores de calidad”.

La resolución agota la vía administrativa, por lo que no procederá ningun recurso adicional.

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