FOTO 4 | 4. Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). La cartera económica se encuentra en el cuarto lugar, con 228 barreras eliminadas.
FOTO 4 | 4. Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). La cartera económica se encuentra en el cuarto lugar, con 228 barreras eliminadas.

Tal como adelantó Gestión, el Gobierno – a través del - emitió un decreto de urgencia que tiene como objetivo el recorte en el gasto por S/ 969,162,868 por la fuente de recursos ordinarios.

De esta manera, los recursos serán transferidos a la Reserva de Contingencia del .

Así, el 62% de este ahorro estaría concentrado en cuatro carteras: Interior (S/ 100 millones), Educación (S/ 208 millones), Salud (S/ 187 millones) y Transportes (S/ 111 millones).

Se ha establecido límites en el gasto en materia de bienes y servicios (al 31 de diciembre del 2018), que no debe sobrepasar el 80% del monto devengado al cierre del año fiscal 2017.

Esto último ocurrirá en actividades como: seminarios, talleres, promoción e imagen institucional, en materia de gasto por libros, diarios, revistas; pasajes y gastos de transporte, viáticos y asignaciones por comisión de servicio; en materia de atenciones y celebraciones oficiales; y de publicidad y difusión (con excepción de los gastos de Promperú).

El resto de actividades no especificadas no puede incrementarse en más de 3% con respecto al monto devengado al cierre del año fiscal 2017.

La medida busca lograr la eficiencia del gasto público para el año fiscal 2018, “para atenuar y modular el crecimiento del gasto corriente sin afectar la prestación de los servicios públicos, y garantizar el cumplimiento de las metas fiscales previstas para el presente año fiscal”, indica la norma legal publicada hoy en el diario oficial El Peruano.

La medida se aplica a todas las entidades del gobierno nacional, y progresivamente a gobiernos regionales y locales.

Medidas de austeridad: Vehículos

Entre las medidas adicionales de austeridad, la adquisición de vehículos solo podrá efectuarse previa autorización del Titular del Pliego mediante resolución de dicha autoridad y que se publica en el portal institucional de la entidad respectiva.

Sobre el uso de los vehículos, establecen la asignación exclusiva de vehículos automotores para altos funcionarios (ministros, viceministros, secretarios generales, jefes de gabinete y titulares de Pliego para el gobierno nacional).

Las entidades constitucionalmente autónomas, las Fuerzas Armadas y Policiales, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, adoptan medidas de austeridad en materia de uso de vehículos. Estas serán aprobadas en los próximos 10 días hábiles de vigencia de esta norma.

Inmuebles

En materia de inmuebles de las entidades públicas, el Gobierno crea una comisión multisectorial que propondrá lineamientos y criterios a emplear para el uso de bienes inmuebles de las entidades públicas del Gobierno Nacional.

La Comisión es de naturaleza temporal y depende del Ministerio de Vivienda (MVCS). Asimismo, deberá emitir los lineamientos en un plazo que no exceda del 29 de junio de 2018. Estos serán aprobados mediante decreto supremo por la PCM.

La Comisión está conformada por un representante del MVCS, quien la preside; un representante de PCM; un representante de la SBN, un representante del OSCE y un representante del MEF.

Cada entidad designa a su representante en un plazo no mayor a 3 días calendario, desde la emisión de esta norma. Dos días después, se instala la Comisión.

Las entidades del gobierno nacional informarán a la Secretaría Técnica la relación de bienes inmuebles que vienen utilizando dentro de los 15 días calendario desde la vigencia de esta norma.

Los inmuebles pueden estar bajo cualquier modalidad: sean de su propiedad, bajo su administración, arrendados o bajo cualquier otro título.

Dentro de los 5 días calendario, la Secretaría Técnica determina el contenido y procedimiento para la entrega de la relación de inmuebles. Luego, presentará un diagnóstico y propuestas para evaluación a la Comisión.

Otras entidades

Las otras entidades del sector público aprueban las medidas de austeridad en bienes y servicios, vehículos y bienes inmuebles, bajo responsabilidad de su titular en los 10 días hábiles de publicada esta norma. Las medidas se publican en sus portales institucionales.

En el caso del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), el Director Ejecutivo aprueba mediante Resolución.

No se encuentran comprendidos en el presente artículo los organismos supervisores y reguladores de los servicios públicos, los que se sujetan a lo establecido en la presente norma en las medidas que les resultan de aplicación, según corresponda.

La Comisión podrá ampliar sus alcances en inmuebles de gobiernos regionales y locales, mediante decretos supremos progresivos.

El decreto lleva la firma del , el premier César Villanueva, el titular del MEF David Tuesta y el titular de Vivienda Javier Piqué.

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