La Comisión de Economía aprobó el proyecto de ley que prorroga por un año la vigencia de los beneficios tributarios para empresas editoriales. (Foto: Congreso)
La Comisión de Economía aprobó el proyecto de ley que prorroga por un año la vigencia de los beneficios tributarios para empresas editoriales. (Foto: Congreso)

La Comisión de Economía aprobó el proyecto de ley que prorroga por un año la vigencia de los beneficios tributarios previstos en la Ley 28086, de Democratización del Libro y de Fomento a la lectura y en la Ley 30347, que los prorrogó hasta el 3 de octubre del 2018.

El dictamen inicial recaído sobre los proyectos de ley N° 2730, presentado por Richard Acuña de Alianza para el Progreso, y N° 2344, cuyo autor es Miguel Ángel Torres de Fuerza, Popular, planteaba extender esos beneficios por tres años pero en el debate las congresistas Marisa Glave y Mercedes Aráoz señalaron que estos beneficios han sido desiguales.

Durante el debate, ambas coincidieron en que durante la vigencia de estos beneficios se ha tenido un balance comercial negativo para el sector editorial durante una década, ya que el Perú sigue importando más de US$ 69 millones en libros.

Sin embargo, la oferta disponible al público mejoró considerablemente por estas importaciones, más que en los demás países del continente.

Glave dijo que hay un incremento de títulos de obras, pero no se ha incrementado el número de lectores ni de editoriales y tampoco hay una política de bibliotecas regionales.

“El presupuesto para la Biblioteca Nacional es de S/ 37 millones, pero los beneficios tributarios alcanzan los S/ 500 millones que solo benefician a tres grandes editoriales, que producen el 51% de los textos escolares destinados principalmente a los colegios privados”, dijo.

La congresista comentó que ella integró un grupo de trabajo que vio esta problemática del libro en general, incluyendo la implementación de bibliotecas públicas, tanto regionales como municipales, por lo que propuso que se reactive y se elaboré una Ley General sobre el Libro, que incluiría el tema tributario.

Propuso la creación de un fideicomiso para crear bibliotecas en todas las regiones y mejorar el acceso a la lectura.

Por su parte, Aráoz expresó que las exoneraciones tributarias deben ser una medida temporal y que se debería tomar medidas más drásticas, que tengan como base a una Ley del Libro “más profunda”.

Luego de terminado el debate se puso al voto el dictamen con la corrección propuesta y se aprobó por mayoría.

La historia

El pasado 11 de octubre del 2003 se publicó la Ley N° 28086, Ley de democratización del libro y de fomento de la lectura, que estableció tres beneficios tributarios.

El primero era el crédito tributario por reinversión, que se otorgó por 12 años, contados desde el 1 de enero del 2004, y permite que las empresas incluidas en la ley (editoriales), que reinviertan total o parcialmente su renta neta imponible en bienes y servicios para el desarrollo de su propia actividad empresarial, tendrán derecho a un crédito tributario por reinversión.

Este crédito es equivalente a la tasa del Impuesto a la Renta vigente en ese época, aplicable sobre el monto reinvertido.

Las empresas que ofrecen servicios de preprensa y las de industria gráfica gozan de este beneficio, siempre que participen en la realización de proyectos editoriales amparados en esta ley.

El segundo beneficio tributario es la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) a la importación y/o venta en el Perú de los libros y productos editoriales afines. Esta exoneración también iba a regir por 12 años.

En tercer lugar esta el reintegro tributario que se otorgaba a los editores de libros y es equivalente al IGV consignado separadamente en los comprobantes de pago correspondientes a sus adquisiciones e importaciones de bienes de capital, materia prima, insumos, servicios de preprensa electrónica y servicios gráficos destinados a la realización de un proyecto editorial.

El reintegro tributario, cuya vigencia inicial era de 12 años, se hace efectivo mediante notas de crédito negociables o cheques no negociables.

La vigencia de los tres beneficios concluía en el año 2015 pero con la aprobación de la Ley N° 30347, publicada el 7 de octubre del 2015, se prorrogaron por un plazo de tres años, por lo que vencían en el 2018.

Ahora con el dictamen aprobado por la Comisión de Economía, que deberá pasar al Pleno, estos beneficios tributarios se ampliarían hasta el 2019.