Se busca evitar el acaparamiento y la especulación de productos de primera necesidad, como los medicamentos, durante las situaciones de emergencia. (GEC)
Se busca evitar el acaparamiento y la especulación de productos de primera necesidad, como los medicamentos, durante las situaciones de emergencia. (GEC)

La Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso aprobó este jueves por insistencia el dictamen que busca castigar con pena de cárcel las prácticas de especulación y acaparamiento en las zonas declaradas en estado de emergencia, luego de que el Ejecutivo observó la autógrafa emitida por el pleno sobre la base de dicho dictamen.

Por unanimidad, los miembros de la comisión aprobaron insistir en el dictamen que había sido emitido por dicho grupo de trabajo semanas atrás y que fue aprobado por el Pleno del Congreso a inicios de junio.

En sus observaciones a la autógrafa, a inicios del presente mes el Gobierno señaló que no existe evidencia empírica "que demuestre que las medidas administrativas que protegen el libre mercado han fallado" en la protección adecuada del bien jurídico.

Además, indicaba que el delito de acaparamiento fue derogado del Código Penal porque “tal como estaba regulado contravenía el régimen de economía social de mercado establecido en la Constitución Política del Perú”.

Al analizar las observaciones del Ejecutivo, los miembros de la comisión las desestimaron por considerar que muchos de los precios cobrados por bienes y servicios esenciales, como los de salud, durante la pandemia evidencian que las medidas administrativas son insuficientes para garantizar el acceso general de la población  a ellos.

“No existe prueba empírica de que el control previo de Indecopi sirve y es útil para prevenir y sancionar prácticas de abuso y posición de dominio en el mercado a través de diversas prácticas insolidarias o que atentan contra el corte social de nuestra economía de mercado. Recordemos que somos una economía social de mercado, no de libre mercado como nos quieren hacer creer”, sostuvo el presidente de la comisión, José Luna Morales (Podemos Perú).

Por su parte, la congresista del Partido Morado Zenaida Solís opinó que las sanciones administrativas, como las multas, han demostrado ser insuficientes para desincentivar los actos de acaparamiento y especulación entre las grandes empresas.

Luna Morales adelantó que se buscará debatir esta insistencia en el pleno del Congreso programado para el próximo jueves en la ciudad en Arequipa.

La norma modifica el Código Penal así como el Código de Protección y Defensa del Consumidor, en relación con las prácticas de acaparamiento, especulación y adulteración.

Según la autógrafa observada por el Ejecutivo, dependiendo del tipo de falta la pena de cárcel oscilaría entre dos y ocho años, además de aplicarse sanciones de entre 180 y 365 días de inhabilitación y multa.

En este sentido, el que abusa de su posición dominante en el mercado o el que participa en prácticas y acuerdos restrictivos para impedir y restringir la libre competencia será reprimido con una pena de cárcel no menor de dos ni mayor de seis años, además de 365 días de inhabilitación y multa.

Asimismo, el que provoca escasez o desabastecimiento de bienes y servicios esenciales para la vida y la salud, con el objetivo de alterar los precios habituales en su beneficio y con perjuicio de los consumidores, podría recibir entre cuatro y seis años de cárcel, además de 365 días multa.

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