Positivo. Norma promulgada beneficiará a los usuarios de productos   de entidades financieras, dijo el decano de Colegio de Notarios de Lima.
Positivo. Norma promulgada beneficiará a los usuarios de productos de entidades financieras, dijo el decano de Colegio de Notarios de Lima.

Las personas ya pueden elegir al notario de su preferencia al momento de contratar un crédito hipotecario o vehicular, entre otros, con entidades financieras.

La ley que garantiza el derecho de libre elección del servicio notarial para esos casos fue promulgada ayer. La norma, que modifica el vigente Código de Protección y Defensa del Consumidor, había sido aprobada por el a mediados de diciembre último.

Hasta ahora, los bancos ofrecían a sus clientes una lista limitada de notarios con los que operaban para concretar el desembolso de los diferente tipos de préstamos, y la contratación de servicios financieros.
Incluso algunos de ellos obligaban a los usuarios a elegir entre ese determinado número de notarios.

“Esta norma será beneficiosa para los usuarios de productos de entidades financieras. Van a poder elegir al notario de su preferencia por razones, por ejemplo, de ubicación, confianza u otras”, destacó Mario Romero Valdivieso, decano del Colegio de Notarios Lima.

La nueva ley, sin embargo, establece ciertas condiciones que deben cumplir los notarios elegidos por los usuarios del sistema financiero.
Así, deben contar con herramientas e infraestructura física y tecnológica que les permita acceder a la información registral sobre los bienes, derechos o mandatos y poderes.

Entre esas herramientas indispensables que deben tener los notarios, está un servicio de verificación biométrica para consultas en línea de Reniec, servicio de publicidad registral en línea de la Sunarp, un sistema de identificación de extranjeros, dirección electrónica corporativa y personal de atención al cliente bajo la conducción de un abogado colegiado.

Además, deben hacer público (incluyendo en sus páginas web) los requisitos necesarios para el trámite notarial, el tiempo aproximado de atención y los precios de sus servicios.

La relación actualizada de los notarios que cumplan con estos requisitos en cada jurisdicción será responsabilidad de los diferentes colegios notariales que existen en el país. Además, esta lista debe incluir los datos de contactos y los precios de los servicios de cada notaria para así facilitar la elección de los usuarios de la banca.
Esta relación de notarios ‘elegibles’ ahora estará a libre disposición de las instituciones financieras, que tienen la obligación de proporcionarla a sus clientes de créditos hipotecarios o de otro tipo de financiamiento, según la ley.

Para el Colegio de Notarios de Lima, la mayor parte que notarias del pais ya cuentan con servicios de biometría.

Una restricción adicional en la elección del notario en el caso de la compra de un inmueble, está referida al ámbito geográfico.
El cliente hipotecario deberá escoger solo una notaria que se encuentre en la provincia donde se encuentra el inmueble. Aunque la ley contempla algunas excepciones a esta limitación. Por ejemplo, cuando en la provincia en que se ubique la vivienda no existan notarios que cumplan los requisitos exigidos o cuando los que participan en el trámite no puedan trasladarse por razones de salud.

Clientes podrán elegir notario para contratos de hipotecas con bancos
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