(Foto: USI)
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El incremento de la (RMV) para los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, que ha sido anunciado por el Gobierno, y que ascenderá de S/850 a S/930 mensuales a partir de abril para pequeña, mediana y grande empresa; mientras que para microempresa a partir de mayo, responde a una decisión política y no técnica, señaló el presidente de la Cámara de Comercio de Lima, Mario Mongilardi.

El gremio empresarial recordó que por cada cuatro trabajadores, tres se encuentran en el sector informal y son, precisamente, los que no se beneficiarán del incremento de la RMV.

"Con este reajuste de la , la planilla anual de las empresas subirá en promedio en 9.4%, y traerá consigo una serie de efectos adicionales que generarán otros costos para el sector empresarial del país. Así también, hará que se incremente la informalidad en los sectores de la pequeña y micro empresa, que se encuentran seriamente golpeados por el débil crecimiento de la economía, como es el caso de los empresarios que trabajan en Gamarra, entre otros", comentó.

Para Mongilardi, todo aumento salarial debe responder a criterios técnicos como el aumento de la productividad. Adicional a ello, urge que el Gobierno implemente políticas que promuevan la competitividad; caso contrario, lo que está haciendo el Estado es liquidar al sector emprendedor de nuestro país, que concentra una masa laboral informal que supera el 72% del total. Del mismo modo, la tasa de desempleo – según información de expertos- en Lima Metropolitana alcanza la cifra de 8%, que es la mayor cifra registrada en los últimos seis años.

Es importante mencionar que con la futura RMV, el costo mensual para la empresa del régimen general será de S/ 1.399 -y no los S/ 930-, porque para determinar el costo anual, además de la RMV, hay que incluir las vacaciones, la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), gratificaciones, asignaciones familiares y los aportes al EsSalud, precisó el líder de la .

En el caso de las empresas industriales, existen además otros costos a cargo del empleador, como son: las utilidades, la alimentación, el transporte, y los costos de cumplimiento y supervisión de la normativa laboral.