Productos lácteos de Gloria y Nestlé.
Productos lácteos de Gloria y Nestlé.

El Indecopi, a través de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi (SDC), confirmó la sanción impuesta contra las empresas Gloria y Nestlé al haber cometido "actos de engaño", infracción establecida en la ley de Represión de la Competencia Desleal.

Como se recuerda, esta Sala sancionó a las empresas Leche Gloria Sociedad Anónima - Gloria S.A. y Nestlé Perú S.A. con una multa total de 1014.89 UIT equivalente -a la fecha- a S/ 4´262,538 por anunciar a través de diversos medios (empaques, televisión y página web) tres productos lácteos, presentándolos publicitariamente como si fueran de leche de vaca, pese a que ello no era cierto.

En el caso de Leche Gloria, se evaluó la publicidad de los productos ‘Pura Vida Nutrimax’ y ‘Gloria Bonlé Leche Evaporada’, mientras que, en el caso de Nestlé Perú S.A., la sanción impuesta fue respecto a la publicidad en empaque del producto ‘Reina del Campo’.

En dichos anuncios, se constató la presencia de elementos publicitarios que transmitían el mensaje de que los productos en cuestión serían leche de vaca, tales como: la inclusión de la imagen de una vaca en el campo, la presencia de vasos o cántaros con líquidos blancos, la mención al término “leche”, entre otros.

Asimismo, para constatar la veracidad de los mensajes publicitarios antes indicados, la autoridad recurrió a un parámetro objetivo y normativamente reconocido en nuestro ordenamiento: el Codex Alimentarius.

Sobre esta base, se determinó que los productos anunciados no podían ser presentados publicitariamente como si fueran leche, debido a que contenían ingredientes no lácteos que sustituían total o parcialmente algunos de sus componentes lácteos, incurriendo así en actos de engaño.

En ese sentido, se confirmó los pronunciamientos de primera instancia referidos a los productos anteriormente mencionados, y se determinó que Leche Gloria y Nestlé Perú habían cometido actos de engaño.

Adicionalmente, a fin de que tal conducta no se repita a futuro, el Indecopi ordenó a las mencionadas empresas como medida correctiva, el cese definitivo e inmediato de la difusión de publicidad que dé a entender a los consumidores que los productos antes indicados serían leche de vaca, en la medida que ello no sea cierto.

TAGS RELACIONADOS