Multas a empresas pueden pasar los S/ 1.8 millones según Indecopi

La ya empezó. Por eso, el (), lanzó su campaña informativa para los consumidores.

¿En qué consiste? En que sepan sus derechos y en recordar a los proveedores cuáles son sus obligaciones. Para esta campaña, el Indecopi, como todos los años, focaliza sus esfuerzos en los alimentos y transporte terrestre.

“La que comprende el panetón, el pavo y la compra de juguetes. El transporte terrestre es un sector muy utilizado en esta época por lo que daremos consejos sobre qué se debe tener en cuenta”, comentó Milagros Pozo – Gerente de Supervisión y Fiscalización de .

Sobre las irregularidades más frecuentes durante estas temporadas, Pozo precisó que se suelen encontrar “incumplimientos referidos a no contar con lista de precios, no tener libro de reclamaciones y no tener avisos”.

“En alimentos, hemos encontrado incumplimientos referidos a rotulados y no cumplir con requisitos”, agregó.

Respecto a las multas o sanciones derivadas de estas irregularidades, las multas pueden ascender, en lo que es, hasta más de S/ 1.822 millones.

“Cuando encontramos un incumplimiento de rotulado, que no cumple con poner el nombre del importador, el RUC, la fecha de vencimiento o el registro sanitario, podemos poner desde una amonestación hasta una multa de 450 UIT”, detalló Pozo.

“En el caso de publicidad las multas van hasta los 700 UIT (S/ 2,835,000)”, añadió.

Sin embargo, la funcionaria explicó que los factores que determinarán el monto final dependen de, por ejemplo, el tamaño de la empresa, el bien afectado o el daño ocasionado.

Asimismo, instó a que, en caso de incumplimiento, se debe solicitar el libro de reclamaciones y la empresa debe responder en 30 días calendario. De no ser el caso, se debe guardar la hoja de reclamaciones como medio probatorio para que el Indecopi ponga un reclamo o denuncia, según corresponda.