Indecopi recomienda revisar publicidad en productos durante campaña navideña.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en el marco de su campaña informativa por Navidad, recordó que los proveedores deben informar de manera clara y destacada, en su publicidad, sobre las condiciones y restricciones aplicables a las promociones comerciales de productos y servicios que ofrecen a los consumidores.

En ese sentido, el Secretario Técnico de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD), Abelardo Aramayo Baella, destacó que las condiciones y restricciones de acceso a las promociones comerciales no deben contradecir el mensaje publicitario principal. Por ejemplo, si la publicidad dice "50% de descuento en todos los juguetes de la tienda", no podría ser una restricción de acceso válida, la exclusión de algunas marcas de juguetes.

De otro lado, si se publicita el precio de los productos en dólares, también deberá presentarse su equivalente en soles, en los mismos caracteres y con iguales condiciones

Hay que precisar que la CCD, en lo que va del presente año, ha tramitado 281 procedimientos administrativos sancionadores a diferentes empresas que afectaron los derechos de los consumidores. Se impusieron multas por un total de S/ 4 346 257.

De esta cantidad, 163 procedimientos se iniciaron de oficio, es decir a iniciativa de la autoridad, tras investigaciones preliminares, mientras que el año anterior se realizaron 97 procedimientos. Las denuncias de parte (realizadas por los afectados) llegaron a 118, explicó el Secretario Técnico.

Precisó que los procedimientos iniciados de oficio constituyeron el 58% del total de los procedimientos, lo que refleja que la labor de supervisión y fiscalización fue más intensa que las denuncias de los privados.

En el caso de las oficinas regionales de la institución, que cuentan con facultades delegadas para resolver casos de publicidad comercial (Arequipa, Cajamarca, Cusco, Junín, Ica, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Piura, Puno, San Martín y Tacna) estas lograron concluir 100 casos entre diciembre del 2016 y noviembre del presente año.

Resultados de la campaña 2016
Durante la Campaña Navideña del 2016, la CCD realizó 61 investigaciones preliminares en los sectores de la banca y seguros, tiendas por departamento o retail y transportes.

Dichas investigaciones dieron origen a 12 procedimientos administrativos sancionadores contra tiendas por departamento que no colocaron de manera clara en su publicidad la duración de las promociones de ventas, la cantidad mínima de unidades disponibles de productos ofrecidos ni señalaron de forma clara y destacada las condiciones y restricciones de acceso a las mismas.

En algunos casos, tampoco consignaron en moneda nacional el precio anunciado en moneda extranjera. Las sanciones se dieron también por publicitar promociones que contenían condiciones o restricciones que contradecían su mensaje principal.

Principales recomendaciones:

• Lea las condiciones de las promociones.
• Guarde el aviso que motivó su compra (la captura de pantalla es una buena opción).
- Al recibir el producto, deje constancia de la hora de recepción.
- Exija comprobante de pago.
- Revise el producto al momento de recibirlo.
- Si compra por Internet, hágalo en portales web seguros.

Publicidad de productos al crédito y servicios financieros de crédito:

- Los anuncios deben precisar el importe de la cuota inicial (si es aplicable al caso), el monto total de los intereses, la tasa de interés efectiva anual (TEA), el monto y detalle de cualquier cargo adicional aplicable.

- En la publicidad de productos o servicios financieros de crédito que anuncien tasas de interés activa, monto o cuota, se debe consignar de manera clara y destacada la tasa de costo efectivo anual (TCEA) calculada para un año de trescientos sesenta (360) días.