El cronómetro de la delegación de facultades otorgadas por el Congreso comenzó a correr y uno de los temas polémicos fue el fortalecimiento del sistema de lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, mediante el acceso al secreto bancario y la reserva tributaria por parte de la (UIF).

Según el texto de la ley, dicha atribución deberá contar con la autorización judicial de un juez penal, aplicando el sistema de recepción y distribución de los Centros de Distribución General o Mesa de Partes Automatizadas del Poder Judicial. Pero ¿cuáles son las implicancias de estos y otros cambios a la legislación?

"Una UIF, en todas partes del mundo, es aquella entidad que nos ayuda a recepcionar, analizar y transmitir información vinculada con actividades de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, y es bueno que siempre haya algún ente supervisor y regulador que esté detrás y ayude en esto de una manera más integrada", comentó Nancy Yong, socia del Área de Advisory de PwC.

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En diálogo con Gestion.pe, explicó que delitos como el lavado de activos y el financiamiento de terrorismo lo que hacen es mellar el sistema financiero del Perú, así como la adecuada inversión de capitales y la imagen tanto del sector público como privado del país.

"En mi opinión, lo que se ha logrado ahora respecto a lo que había ayuda bastante, ya que lo que se pidió tener un poco más de celeridad en el sentido de que cuando se quiera hacer una denuncia se haga directamente a un juez ad hoc pero el Congreso otorgó que se pueda ir directamente a un juez penal de turno", señaló.

A esto suma la facultad de determinar criterios de prelación (orden de prioridad o preferencia) para la atención de las denuncias de lavado de activos o financiamiento del terrorismo.

"Si yo establezco criterios que, de alguna manera, al recibir una denuncia de lavado de activos o financiamiento de terrorismo, pueda tener una prelación distinta con respecto a otros temas, eso de alguna forma ayuda", enfatizó.

Yong mencionó que, en la actualidad, un proceso de investigación de estos delitos por parte de la UIF pasa primero por identificar una situación inusual o sospechosa, luego pasa a consideración del fiscal, quien revisa el expediente completo y si lo considera pertinente, lo remite a un juez.

"Hoy bajo las facultades otorgadas, de alguna manera, la figura del fiscal ha sido eliminada, con lo cual sería mucho más rápido que la UIF identifique esta situación sospechosa y si lo considera necesario, directamente va a un juez", señaló.

Y si el juez es diligente y sigue el criterio que se vaya a fijar sobre la prelación, entonces eso ayudará a agilizar mucho más el proceso.

"El proceso anterior puede durar entre ocho y diez meses pero este proceso nuevo puede durar como máximo unos seis meses, entonces yo creo que sí estamos acelerando al paso en ese sentido", proyectó.

Asimismo, manifestó que si bien el Congreso no aprobó que la UIF pueda intercambiar de "ida y vuelta" información con los organismos electorales, como la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), lo que sí se obtuvo es que sí pueda recibir información de estas instancias, lo que ayudará a tener una idea más clara de la presencia de personas naturales o jurídicas (empresas) involucradas en transacciones inusuales y sospechosas.

Sobre el levantamiento del secreto bancario y reserva tributaria, explicó que se aplicarán los mismos parámetros de que el pedido se puede hacer ante un juez penal de turno que siga objetivos de criterio de prelación, entonces se ganará en agilizar los procesos.

"El nivel de celeridad no será al mes o a los dos meses pero no me voy a demorar un año", finalizó.