(Foto: USI)
(Foto: USI)

El último sábado, el Ministerio de Salud (Minsa) emitió un decreto supremo –a dos días para su uso obligatorio de las advertencias publicitarias de alto en azúcar, grasas saturadas y sodio en los alimentos procesados– en las que modifica el reglamento y el manual de alimentación saludable.

Así, dispone que para los comerciales acogidos al Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS), las microempresas o aquellos con ventas anuales que no superen los 150 UIT (S/ 630,000), el cumplimiento de manual -que implica la imposición de los (como aparece en la imagen que gráfica esta nota) será exigible desde el 17 de junio del 2020; y ya no desde el próximo 17 de junio. 

Con ello, las bodegas a nivel nacional estarán exoneradas de vender alimentos procesados con advertencias hasta el próximo año. Cabe recordar, que esto fue un pedido de la Asociación de Bodegueros según dio a conocer Gestión.pe en abril. El gremio solicitaba en concreto, que se le permita la venta de productos sin y con por una plazo determinado, que podría ser un año, hasta que puedan renovar su stock de alimentos con advertencias.

La petición fue realizada para que estos negocios, sobre todo los ubicados al interior del país, no sean sancionados por vender productos sin lasdesde la fecha prevista.

¿Qué otros cambios se anuncia? La norma del Minsa también dispone que los alimentos infantiles colados, picados y procesados a base de cereales para niños mayores de 2 años se exceptúan de usar los "siempre y cuando no tenga adición de azúcares".

También se indica que los envases retornables fabricados antes de la vigencia del Manual, puedan consignarse las advertencias publicitarias en la tapa o chapa o utilizarse adhesivos o cintillos en los envases retornables.

Además se permite a las micro y pequeñas empresas el uso de adhesivos con las advertencias publicitarias que correspondan hasta el 31 de marzo del 2021. Así como el uso de adhesivos con las advertencias publicitarias por un año a partir de la entrada en vigencia del manual.

(Fuente: XX)
(Fuente: XX)

Al respecto, la Asociación de Usuarios y Consumidores (Aspec) se mostró en contra de los cambios realizados por el Minsa. Para esta instancia, el hecho de que los bodegueros puedan vender alimentos con octógonos recién el 2020 "desvirtúa la Ley de alimentación Saludable toda vez que se deja desprotegido a los estudiantes quienes no podrán distinguir durante un año más productos con alto en".

También criticó que los alimentos infantiles colados, picados y procesados a base de cereales para niños mayores de 2 años se exceptúan de usar los "siempre y cuando no tenga adición de azúcares".

"En consecuencia, muchos productos con aparentes 'beneficios adicionales' y 'más saludables' ocultaran la alta cantidad de azúcar, grasas saturadas, grasas trans y azúcar", afirmó Aspec a través de cuenta de Facebook.

"Este sorpresivo decreto supremo no sólo genera un caos innecesario porque al final nadie sabrá a ciencia cierta desde cuándo rige la obligación de etiquetar con octógonos sino que, además, implica que el Gobierno –escudándose detrás de las mypes– ha preferido cuidar las ganancias de las empresas. Es muy lamentable porque los niveles de sobrepeso y obesidad en ese grupo etario se han disparado en forma imparable", refirió Aspec.

Ante lo cual, anunció que en los próximos días iniciará las acciones legales que correspondan en defensa de los derechos de la niñez.


TAGS RELACIONADOS