Redacción Gestión

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El (BCRP) aplicará a partir de diciembre próximo, un encaje adicional sobre las obligaciones totales en dólares de las entidades financieras que excedan el 80% del saldo al 30 de setiembre del 2013.

Precisó que estas medidas no afectan el crédito para el comercio exterior ni el correspondiente al financiamiento con plazo mayor a tres años.

De manera similar, a partir de diciembre del 2016, las entidades financieras cuyo crédito hipotecario y vehicular supere el 70% del saldo alcanzado el 28 de febrero del 2013, serán sujetas a un encaje adicional.

El límite a diciembre de cada año se irá reduciendo en diez puntos porcentuales por año.

Recordó que este año el BCRP aplicó un encaje adicional en dólares en caso que el crédito en moneda extranjera no baje 5% en junio y 10% en diciembre del 2015, respecto del saldo de setiembre del 2013.

En el caso de los créditos hipotecario y vehicular en moneda extranjera, las reducciones eran de 10% a junio y 15% a diciembre del 2015 con respecto a febrero del 2013. A la fecha, estas metas ya han sido cumplidas por las empresas del sistema financiero.

Asimismo, con el objetivo de inyectar moneda nacional para fondear vía repos de expansión, nuevos préstamos en nuevos soles, se amplió de 10% a 20%, el menor requerimiento de encaje en dicha moneda.

La dolarización del crédito bajó de 38% a 32% entre diciembre del 2014 y setiembre de este año. En los mismos periodos, el crédito vehicular bajó de 69% a 51% y los préstamos hipotecarios cayeron de 34% a 28%.

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