Foto: BCR
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El Banco Central de Reserva () informó hoy solo hasta el 31 de diciembre de 2017 los documentos, transacciones, valores, precios, registros, contratos, facturas, boletas, letras de cambio y similares que consignen la unidad monetaria del Perú, podrán usar indistintamente los nombres “Nuevo Sol” y el “Sol”.

"A partir del 1 de enero del próximo año, toda documentación deberá usar el nombre sol. Toda alusión a Nuevos Soles en documentos emitidos antes de esa fecha se la considerará efectuada en soles", precisó el ente recaudador.

Los billetes y monedas con la denominación Nuevos Soles continuarán siendo de aceptación forzosa en todo pago y circularán simultáneamente con los nuevos billetes y monedas denominados en soles.

Conforme se vaya agotando el stock de los billetes y monedas expresados en “Nuevos Soles”, el pondrá en circulación los nuevos billetes y monedas en soles, tal como sucedió en 2016 con las moneda de 1, 2 y 5 soles, y más recientemente con los billetes de S/ 10 y S/ 100.

En el caso de los billetes, el nombre de la unidad monetaria soles se ubica encima del valor en números que cambia de color en el anverso; y en la parte superior izquierda del reverso.

Cabe recordar que el Congreso de la República, mediante Ley N° 30381, dispuso el cambio de denominación de la unidad monetaria del Perú, de “Nuevo Sol” a “Sol” a fines de 2015.

El Banco Central dio un plazo de un año para el cambio, pero fue postergado hasta el 31 de diciembre de 2017, tomando en cuenta que existía inventarios de cheques, letras, órdenes de pago, entre otros documentos impresos, con la denominación “Nuevo Sol”.

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