El proyecto establece que el procedimiento de libre desafiliación sería gratuito, sin ninguna restricción a la libertad del afiliado. (Foto: GEC)
El proyecto establece que el procedimiento de libre desafiliación sería gratuito, sin ninguna restricción a la libertad del afiliado. (Foto: GEC)

La bancada de Acción Popular presentó un proyecto de ley que permitiría elegir libremente la desafiliación de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) para retornar a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) o una entidad financiera de libre elección para el depósito de los aportes para la jubilación.

La propuesta considera otorgar dicha potestad a los afiliados activos y pasivos de las AFP, a fin de que puedan solicitar su retiro a través de forma presencial, por escrito, u otros canales, con lo que se podría regresar voluntariamente a la ONP.

Asimismo, el afiliado podría elegir la transferencia del saldo total acumulado de su cuenta a un banco u otra entidad del sistema financiero supervisado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

El proyecto establece que el procedimiento de libre desafiliación sería gratuito, sin ninguna restricción a la libertad del afiliado y con las mínimas formalidades, garantizando su derecho a la información sobre las implicancias, irreversibilidad y conveniencia o no de su decisión.

La AFP estará obligada a transferir a la ONP en un plazo máximo de 30 días calendario el saldo total, rentabilidad acumulada y, de ser el caso, el bono de reconocimiento del afiliado que desee retirarse, según la iniciativa legislativa.

Si el cliente opta por la transferencia a un banco, este le generará una cuenta de ahorro previsional. Quedará prohibido el cobro de comisiones de cargo por depósito, por la administración del fondos o por concepto de elaboración, emisión y envíos de estados de cuenta por vía electrónica.

La propuesta de Acción Popular plantea que la SBS dicte las normas reglamentarias y complementarias en un plazo no mayor de 15 días calendarios, los cuales se contarían desde la entrada en vigencia de la ley.

La libre desafiliación no sería aplicable a quienes ya se encuentren recibiendo pensiones por parte de las AFP y aquellos que hayan cedido sus fondos o contratado con las empresas de seguros.

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