La compensación referida a cuentas en las que se deposite la remuneración del consumidor de servicios financieros, no procede cuando dicho monto no exceda las 5 URP. (Foto: Pixabay)
La compensación referida a cuentas en las que se deposite la remuneración del consumidor de servicios financieros, no procede cuando dicho monto no exceda las 5 URP. (Foto: Pixabay)

La congresista (Avanza País) presentó un proyecto de ley que propone limitar a los de cobrar deudas de manera inconsulta a las “cuentas sueldo” de los trabajadores con el fin de proteger las necesidades básicas del consumidor y de su familia.

De esta manera, el proyecto Nº 4939/2022-CR dispone la modificación del Código de Protección y Defensa del Consumidor a fin de incorporar el artículo 87-A que establece límites a la compensación en las cuenta donde se deposita la remuneración.

La iniciativa señala que “la compensación referida a cuentas en las que se deposite la remuneración del consumidor de servicios financieros, no procede cuando dicho monto no exceda las 5 Unidades de Referencia Procesal (URP). El exceso puede ser objeto de compensación, pero sólo hasta una tercera parte”.

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Cabe mencionar que, el valor de la URP para este año es de S/ 495 por lo que los trabajadores que ganen menos de S/2,475 al mes, no podrán ser perjudicados con algún cobro o pendiente con su banco.

No obstante, si el trabajador tiene un sueldo mayor a S/ 2,475, sólo podrá ser objeto de alguna “compensación bancaria” por máximo un tercio del monto que excede a esa cantidad. “Dicha prioridad es para salvaguardar las necesidades básicas del consumidor y de su familia”, dijo .

Además, la congresista explicó que el proyecto de ley se encuentra dirigido a establecer límites a la compensación lo cual beneficiaría, por ejemplo, aquel usuario que percibe como remuneración hasta 5 URP, no se le tocaría dicho monto de remuneración.

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La propuesta se da debido a los casos que han llegado a la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios donde los bancos han cobrado compensaciones de la de los trabajadores dejando “solo un sol”.

“Esto es un abuso porque muchas veces la entidad financiera incumple su obligación de enviar el estado de cuenta al domicilio del cliente y, consecuentemente, éste se atrasa en el pago de la deuda y allí mismo, sin mediar aviso previo, el dinero de la Cuenta Sueldo es sustraído sin considerar de qué va a vivir el consumidor a lo largo del mes”, manifestó la parlamentaria.

Es importante destacar que el proyecto se encuentra actualmente en estudio de las comisiones de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos y de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del , quienes emitirán el dictamen consecuentemente.

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