Redacción Gestión

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Luego que el anunciará la implementación del , en el que se contemplan cambios en la , el abogado Eduardo Herrera, en línea con los gremios empresariales, opina que existe una sobrerregulación laboral en el ámbito penal y que el camino a un es la autorregulación.

El socio del Estudio Linares menciona las herramientas legales que ya regulan la : artículo 168-a del Código Penal, que sanciona ciertos delitos relacionados a la falta de implementación preventiva, el artículo 27, que establece la responsabilidad de órganos cuando actúan en nombre de una persona jurídica, y el artículo 13, que plantea la figura de la omisión impropia.

"Hay dos tipos de responsabilidades penales: por el solo hecho de incumplir las normas y generar un riesgo, de dos a cinco años, y si este incumplimiento conlleva a un resultado concreto o a la muerte, la pena subiría de cinco a diez años", explica Herrera.

De acuerdo con el abogado, se debe fortalecer las medidas preventivas, fomentar políticas de y crear incentivos hacia las empresas, además de la obvia protección a sus trabajadores, para anticiparse a siniestros laborales. Por ejemplo, reducir impuestos si alcanzan un récord de 0 accidentes.

"El código penal siempre llega tarde, no es la solución (…) La empresa de hoy es de tan grande magnitud que debería autogobernarse (…) Crear más medidas punitivas para fomentar (la seguridad laboral) es un absurdo", sostiene.