Los organismos públicos deberán hacer el análisis de calidad regulatoria cumpliendo cuatro principios: legalidad, necesidad, efectividad y proporcionalidad. (Foto: GEC)
Los organismos públicos deberán hacer el análisis de calidad regulatoria cumpliendo cuatro principios: legalidad, necesidad, efectividad y proporcionalidad. (Foto: GEC)

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) emitió una resolución que aprueba el reglamento para la aplicación del análisis de calidad regulatoria de procedimientos administrativos en los ministerios y otras entidades públicas bajo la tutela del Poder Ejecutivo.

De acuerdo con el reglamento publicado hoy en El Peruano, se establece que el análisis de calidad regulatoria es el proceso integral y continuo de análisis de procedimientos administrativos que comprende la identificación, eliminación o simplificación de aquellos que resulten innecesarios, ineficaces, injustificados, desproporcionados, redundantes o no se encuentren adecuados al Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

También se dispone que las entidades del Poder Ejecutivo serán las encargadas de realizar el referido análisis de los procedimientos administrativos establecidos o a ser establecidos en disposiciones normativas de alcance general, incluyendo aquellos contenidos en leyes o normas con rango de ley que están o serán desarrollados en normas reglamentarias.

Asimismo, el análisis de calidad regulatoria se deberá hacer cumpliendo los principios de legalidad, necesidad, efectividad y proporcionalidad, en el marco de lo dispuesto en el "Manual para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria", aprobado por resolución ministerial de la PCM.

De otro lado, el reglamento establece que la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria, que dependerá de la PCM, se encargará de validar el análisis de calidad regulatoria realizado y remitido por las entidades del Poder Ejecutivo. Esta comisión estará conformada por el secretario general de la PCM, un representante del Viceministerio de Economía y un representante del Viceministerio de Justicia.

El reglamento también refiere que como resultado del análisis de calidad regulatoria, los ministerios y organismos públicos del Poder Ejecutivo podrán adecuar y depurar las disposiciones normativas que establecían los procedimientos administrativos no ratificados, emitir las disposiciones normativas que correspondan para eliminar o simplificar requisitos, publicar el listado de los procedimientos administrativos eliminados, actualizar su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) e incorporar sus procedimientos administrativos al Sistema Único de Trámites (SUT).