(Foto: GEC)
(Foto: GEC)

El último miércoles, el ministro de la Producción anunció la ampliación del plazo para reprogramar los créditos de cinco programas gubernamentales la que vencía el 15 de julio hasta el 30 de setiembre, la misma que se oficializó hoy en el diario oficial El Peruano.

¿De qué se trata? en concreto -a través del DU 057-2021- se dispone, de manera excepcional, ampliar hasta el 30 de setiembre el plazo de acogimiento del Programa de Garantía del Gobierno Nacional para el Financiamiento Agrario Empresarial (FAE-AGRO) y para el FAE-TURISMO.

También se ordenó ampliar hasta el 30 de setiembre el plazo de acogimiento para la reprogramación de los créditos garantizados con el programa Reactiva Perú y del Fondo de Apoyo Empresarial a la Mype (FAE-MYPE).

Igualmente se amplió el plazo máximo -hasta el 30 de setiembre- de acogimiento del Programa d Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE).

-Cuentas en el sistema financiero-

El DU también dispone que las empresas del sistema financiero -incluido el Banco de la Nación y las empresas emisores as dinero electrónico- puedan abrir cuentas, masiva o individualmente, a nombre de beneficiarios identificados por la entidades estatal o privada que instruye el pago, sin necesidad de la celebración previa de un contrato y su aceptación por parte del titular.

Las cuentas a las que se hace referencia -refiere- pueden ser utilizadas por el titular para fines adicionales al depósito y retiro de los fondos transferidos.

También pueden ser cerradas por las empresas del sistema financiero y las empresas emisoras de dinero electrónico, cuando éstas no mantengan saldo por un periodo mínimo de seis (6) meses o a solicitud del titular.

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) establece las características y condiciones adicionales para la apertura, uso y cierre de estas cuentas, a través de normas reglamentarias.