Ser innovador en mercados regulados es todo un reto. Permítanme poner un ejemplo. Suponga que a alguien se le ocurre juntar dos bicicletas para hacer un vehículo de cuatro ruedas, y le pone un motor eléctrico, y de paso una cabina para proteger a los pasajeros de la lluvia. ¿Cómo llamamos a ese invento?
Naturalmente es un vehículo automotor que sirve para desplazarse físicamente por las mismas calles y avenidas que utilizan los autos tradicionales. ¿Pero, podemos llamarlo un coche o auto? Y aún más importante, debemos aplicarle las mismas obligaciones que se le exigen a los autos tradicionales. ¿Por ejemplo, se le va a requerir al conductor que obtenga una licencia? ¿Debe observar las normas de tránsito y respetar los semáforos o restricciones al estacionamiento en vía pública? ¿Puede transitar por los carriles destinados a bicicletas? (suponga que el sistema de tracción con pedales y cadenas se mantiene como “plan B” para su propulsión).
En el mundo de la tecnología, y especialmente en sectores regulados como el transporte, la salud, y las finanzas, es posible encontrar muchos casos de nuevos dispositivos, servicios y modelos de negocio, que generan este tipo de preguntas. Los reguladores no la tienen fácil y una de las primeras preguntas siempre es: se trata realmente de una innovación que está logrando eficiencias porque un innovador encontró una mejor forma de hacer las cosas, o es en realidad una variación a algo que ya existe y la innovación consiste más bien en una forma creativa de eludir la regulación.
En el primero de los casos, seguramente se hará evidente la necesidad de actualizar el marco regulatorio, porque puede que éste se haya quedado desactualizado a la luz de las innovaciones. De hecho, en muchos casos, los reguladores se anticipan a crear nuevos espacios para permitir el surgimiento de nuevos modelos de negocio. En el sector financiero y de pagos, el ejemplo perfecto es el de las EEDEs (Empresas Emisoras de Dinero Electrónico), figura a través de la cual se habilitó la creación de entidades que pueden ofrecer al público un servicio de pago electrónico, pero sin que se pueda considerar como un banco, dado que no puede hace intermediación financiera (prestar con los recursos de terceros).
No obstante, también existe otra posibilidad, y es que la innovación en realidad no sea tal, y se trate más bien de un esquema para eludir los estándares regulatorios, disfrazado de creatividad. En el mundo financiero existen muchísimos casos, como por ejemplo el de las famosas pirámides, que en principio se venden como “esquemas de inversión”.
Por esa razón en el mundo financiero el lenguaje importa tanto y típicamente en todo lugar, se encuentra prohibido utilizar la palabra “banco” por parte de una entidad que no tiene esa calidad. Igualmente, los reguladores suelen prohibir actividades que sean un “equivalente funcional” a la actividad de un banco, si no se ha obtenido autorización por parte de la entidad competente para llevar a cabo la misma.
¿Qué debe hacer entonces un regulador ante innovaciones financieras? ¿Será que hay un conflicto natural entre la fuerza innovadora de nuestros empresarios y el mandato de los reguladores financieros en la protección de los ahorros del público y la confianza en el sistema financiero?
Sin duda, preguntas muy complejas que podrían requerir más que una corta columna, pero nos atrevemos a proponer una línea de análisis para no caer en ese falso dilema:
- Anticiparse: Crear con anterioridad un marco regulatorio que permita la implementación de nuevos modelos de negocio, siempre que sea posible mantener un nivel de protección aceptable. Esto puede involucrar la creación de escenarios de prueba, como por ejemplo “areneras regulatorias”*
- Perímetro: Definir con claridad cuáles son las características de las actividades que requieren una autorización previa del Estado, y privilegiar lo sustantivo, sobre lo formal. Es decir, lo que importa no es cómo me llame, sino la naturaleza de la actividad que realizo. En otras palabras: si tiene cuatro patas, hace “muuu”, y da leche, pues es una vaca, y no es relevante el “nombre” que se le quiera dar. ¡Esa es la forma de resolver el problema del bici-auto!
- Ajustar las normas obsoletas y defender las que siguen siendo relevantes: Un caso claro puede ser el de la necesidad de usar oficinas. Hoy en día es posible que un banco o una EEDE funcione en un ambiente totalmente digital, y si hubiera una norma que lo impidiera, habría que considerar ajustarla. Por otra parte, hay normas que se deben mantener con independencia de la tecnología. Por ejemplo, las entidades que presentan servicios financieros deben cumplir con normas de conocimiento del cliente para prevenir el lavado de activos. Y eso no depende de la tecnología que se use: ninguna innovación puede llevar a que se incumpla.
Y después del 1, 2 y 3, ¡pues todo se adereza con la supervisión del cumplimiento! De hecho, seguir esos pasos contribuye a la legitimidad de la labor de “enforcement” para usar el término en inglés. En la medida en que el regulador sea diligente en anticiparse para promover la innovación, sea preciso en el perímetro, y mantenga una gestión de actualización y refuerzo de la regulación, se evitarán señales equivocadas a la comunidad.
La palabra innovación es sagrada y solamente puede utilizarse para calificar desarrollos creativos legítimos. Y se hace un gran favor a la comunidad cuando se atajan “vivezas” cuyo único mérito parece ser el de burlar el espíritu y letra de la regulación. Si hay un ingrediente que sea clave para que florezca una industria fintech innovadora y de clase mundial, es la certeza regulatoria, y para ella se debe distinguir lo que es innovación, de lo que no lo es realmente.
*O también llamada en inglés: Sandbox. Es una reconocida estrategia de regulación que consiste en implementar ambientes de prueba controlados para pilotos de negocios financieros, en los cuales se suspenden transitoriamente una o varias normas financieras.