Osiptel confirma multa a Americatel por S/. 543,600
No procedió la apelación de la empresa por caso de infracción a normas de interconexión.
El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel ) declaró infundado el recurso de apelación que presentó Americatel Perú contra una multa de 151 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a 543,600 nuevos soles, y confirmó la aplicación de la sanción por la comisión de una infracción muy grave a las Normas de Interconexión.
Según una resolución del consejo directivo del Osiptel publicada hoy, la decisión agota la vía administrativa, por lo que no procederá ningún recurso en esta vía.
La multa fue aplicada por la gerencia general del Osiptel el 15 de diciembre del 2010 luego que la empresa cometió la infracción de haber cursado tráfico de interconexión sin antes contar con un contrato de interconexión aprobado por el regulador o un mandato de interconexión.
Americatel Perú presentó su recurso de apelación el 11 de enero del 2011 y fue sometido a evaluación de la gerencia legal del regulador. La empresa señaló que la falta cometida no debió considerarse como muy grave, por lo que solicitó reevaluar la multa.
Sin embargo, el Osiptel indicó que ninguno de los argumentos de la empresa desvirtúa el incumplimiento detectado y, por el contrario, reconoce los hechos imputados, es decir, el haber cursado tráfico de interconexión con la empresa IPCall con la que no contaba con un contrato de interconexión aprobado por el regulador o con un mandato de interconexión.
Los argumentos de Americatel estaban dirigidos a cuestionar la sanción impuesta por considerarla desproporcionada.
Pero el informe de la gerencia legal del Osiptel estableció que no existen motivos que justifiquen modificar el monto de la multa impuesta, más aún considerando que equivale al mínimo previsto para las infracciones calificadas como muy graves.
ANDINA – 16/02/11