Impuesto vehicular, sin cambios para el 2011
El MEF publicó la tabla de valores referenciales para el pago del impuesto vehicular.
SONIA GILVONIO M.
Como todos los años, comienza con el pago de dos impuestos importantes para los propietarios de inmuebles y vehículos, el impuesto predial y el impuesto vehicular .
Para el cumplimiento de este último tributo municipal, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) cumplió con publicar la tabla de valores referenciales de vehículos para efectos de determinar la base imponible del impuesto al patrimonio vehicular correspondiente al ejercicio 2011, el cual comprende los vehículos cuyo año de fabricación haya sido el 2010, 2009 y 2008.
“No encontramos diferencias significativas, no vemos aumentos. Lo que sí, este año, hay un mayor número de modelos de vehículos”, explica el especialista en temas municipales, Marco Tulio Gutiérrez, destacando así el auge de la venta de vehículos en el país.
La Ley de Tributación Municipal (Decreto Ley Nº 776) considera que todo vehículo con no más de tres años de antigüedad (tomando en cuenta la fecha de fabricación) se encuentra afecto a este impuesto. El Impuesto anual tiene una tasa del 1%, la cual se aplica sobre la base imponible que está constituida por el valor original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio, el que en ningún caso será menor a la tabla referencial.
“El valor referencial es un valor tributario, este es un precio mucho más bajo que el precio de mercado del vehículo, y conforme pase el tiempo va bajando (por el aspecto de la depreciación)”, observó Tulio Gutiérrez.
Además, para los vehículos fabricados en años anteriores al 2008, el MEF aprobó un factor, por cada año, que deberá multiplicarse por el valor de referencia del vehículo señalado en la tabla para el 2010, a fin de efectuar el pago tributario correspondiente.
GESTIÓN – 12/01/11