Fiscalización ahora apunta a contratos laborales ‘bamba’
A pesar de no contar con un gran número de inspectores, la autoridad de Trabajo (muchas veces con base denuncias) realiza una importante labor de fiscalización, ahora abocada al aspecto contractual.
CARMELA LOAYZA ARENAS
Las fiscalizaciones laborales van en aumento y según la meta del Ministerio de Trabajo este año se realizarán 50,000.
Para el especialista Jorge Toyama, uno de los temas más sensibles y más fiscalizados es el referido a los contratos de trabajo y sobre todo a los contratos laborales ´bamba´, es decir, aquellos a plazo fijo que no tienen realmente justificación para contratar a una persona de manera temporal.
Para contratar a una persona a plazo fijo se requieren cuatro requisitos: que el contrato sea por escrito, que no pase el plazo máximo de cinco años, que se presente ante el Ministerio de Trabajo, pero quizá el más importante (y que generalmente no se observa) es que haya una causa justificada de contratación temporal, explicó.
“Que se demuestre que el puesto o funciones son temporales o nuevas (si la empresa está creciendo), una nueva sucursal o nuevo giro. Si no existen estas causas, se trata de un contrato a plazo indefinido”, acotó.
Señaló que el cumplimiento de los aspectos de forma y fondo en estos contratos es lo que más se está revisando no solo en las inspecciones sino también en los procesos judiciales, estableciendo que si no se reúne los requisitos se considera que es un trabajador estable. Este nuevo enfoque se debe a que según las cifras, la forma natural de ingreso de un trabajador a la empresa es el contrato a plazo fijo.
El poder de la inspección
Jorge Toyama refirió que en este momento en todas las ciudades donde no está vigente el proceso laboral oral, y los juicios laborales duran cuatro años, la inspección aún resulta el mejor camino de los trabajadores para lograr sus beneficios.
Ello, porque tiene un factor sorpresa, es un procedimiento rápido (dura 30 días) y si se lleva a cabo a un procedimiento sancionatorio, este toma entre 3 y 6 meses. Además, no tiene ningún costo para el trabajador y la carga de la investigación la tiene el inspector.
El inconveniente es que en una inspección se pueden ver todos los temas excepto el de la reposición, y si la empresa no quiere cumplir la orden del ministerio se tendría que hacer un juicio.
Sin embargo, resaltó que en las ciudades donde está vigente el juicio oral laboral (que pronto se aplicaría en Lima), el camino más eficiente será el ir a un juicio, pues los procesos duran como máximo seis meses, y también existe el factor sorpresa gracias a las medidas cautelares.
¿Cosa juzgada?
La inspección laboral no genera “cosa juzgada”. Es decir, por el mismo tema una empresa puede ser inspeccionada más de una vez, así el ministerio no encuentre falta.
“Yo conozco una empresa que ha tenido ocho inspecciones laborales por el mismo tema (contratos a plazo fijo) en tres años”, acotó Toyama durante un evento de Dogma Laboral.
Sostuvo que el ministerio puede hacerlo pues, por lo general, se inspecciona a otro trabajador u otro periodo o simplemente porque es una nueva denuncia, ya que cada inspección es independiente de la otra.
GESTIÓN – 16/12/10