Suprimen derechos antidumping a compras de tejido denim de Brasil
El Indecopi desestimó una apelación de la empresa Nuevo Mundo contra esa medida.
El Instituto Nacional de la Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Incedopi) confirmó la resolución que suprime los derechos antidumping que se aplicaban a las importaciones tipo denim, originarias de Brasil.
La medida fue establecida mediante una resolución publicada en junio pasado por la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios, que involucra a los tejidos que eran producidos o exportados por Cía Fiacao e Tecidos Santo Antonio, Covolan Industria Textil, Fiacao e Tecelagen Sao José, Santista Textil, Santana Textil, Textile Industrial y Vincunha Textil.
Sin embargo, el pasado 24 de setiembre la empresa Nuevo Mundo presentó una apelación solicitando que se declare la nulidad del procedimiento y a inicios de noviembre se llevó a cabo la audiencia del informe oral, con la presencia de las partes involucradas.
La Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi concluyó que los argumentos presentados por la empresa en su apelación no desvirtúan la decisión de la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios de suprimir los derechos antidumping a las importaciones de tejido denim provenientes de Brasil.
Esta sala sustentó que el precio de las exportaciones brasileras se incrementó de manera sostenida, ubicándose muy por encima del precio de los principales países proveedores de denim a Perú y el mundo.
Además la capacidad de producción del denim brasileño, si bien se incrementó, la mayor parte fue destinada a su mercado interno, apreciándose una considerable reducción de las exportaciones.
Tampoco existe la probabilidad que el daño sobre la Rama de Producción Nacional (RPN) a causa de las importaciones denunciadas se repita por suprimirse los derechos antidumping, por cuanto no existe la probabilidad de que se incrementen las importaciones.
Asimismo, enfatizó que pese a la imposición de derechos antidumping en el 2006, los indicadores económicos de Nuevo Mundo no mejoraron, y ello se debió principalmente al ingreso masivo de importaciones de denim originarias de terceros países a menores precios.
Cabe señalar que el pasado 19 de junio del 2006, la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi dispuso la aplicación de derechos antidumping definitivos a las importaciones de tejidos tipo denim, originarias de Brasil y que eran producidos o exportados por las empresas mencionadas.
Pero el pasado 30 de noviembre del 2007, la Asociación Brasilera de Industria Textil y de Confección (ABIT) presentó una solicitud a la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del Indecopi a fin de que disponga el inicio del procedimiento de examen de cambio de circunstancias de los derechos antidumping impuestos el año previo.
Luego de analizar la información presentada por la ABIT, la comisión dispuso el 2 de julio del 2008 iniciar el procedimiento de examen por cambio de circunstancias a los derechos antidumping, con el fin de determinar si corresponde mantener o no la vigencia de tales derechos.
Mientras que el 9 de diciembre del 2008, la comisión decidió ampliar por un mes el período probatorio del procedimiento de examen hasta el 2 de febrero del 2009.
El Indecopi explicó que la reducción de las importaciones de denim brasilero no es atribuible a los derechos impuestos, sino al ingreso masivo de importaciones de denim a menores precios originarias de países como China, Chile y Pakistán desde el 2004, las cuales satisficieron la mayor parte de la demanda peruana de denim.
Además se determinó que el precio de las importaciones de denim brasilero se ha incrementado de manera sostenida durante el período analizado, ubicándose muy por encima del precio de los principales países proveedores de denim a Perú.
ANDINA – 29/11/10