"El TC ha ratificado la posición peruana en demanda contra Chile"

Carlos Mesía descartó que el país del sur pueda usar el TLC como un instrumento para apoyar su tesis.

El vicepresidente del Tribunal Constitucional (TC), Carlos Mesía, afirmó hoy que el fallo que desestimó la demanda contra el acuerdo comercial con Chile, ratifica la posición peruana en la petición que interpuso ante la Corte de La Haya para solucionar la controversia marítima con el país sureño.
En tal sentido, Mesía descartó que el Tratado de Libre Comercio (TLC) pueda ser utilizado como instrumento por el Gobierno de Santiago para apoyar su tesis respecto a la delimitación marítima.

El magistrado explicó que el referido acuerdo no es un tratado de límites, sino que es un instrumento que aborda asuntos económicos y comerciales.

Dijo además que la sentencia del Tribunal establece, como parte de sus fundamentos, que los acuerdos pesqueros suscritos con Chile en los años 1952 y 1954 no son tratados de límites.

Agregó, asimismo, que en lo referido a la delimitación territorial, ésta ya ha quedado definida por el Tratado de 1929.

“Por lo menos en lo que respecta al Tribunal Constitucional su sentencia no puede ser tomada como un documento peruano en el cual se reafirma una posición favorable a Chile, sino por el contrario es la ratificación de la posición peruana”, enfatizó.

Mesía precisó también que en el fallo, el Tribunal Constitucional ratifica que la delimitación del espacio territorial donde tendrá vigencia el acuerdo comercial, se hará de conformidad con el derecho interno de cada país, y que en el caso del Perú, dentro de sus 200 millas marinas, tal como está establecido en la propia Constitución.

Manifestó a su vez, que en el derecho internacional público, la Convención de Viena, señala expresamente que los tratados de este tipo se aplican en el lugar donde tendrá vigencia el TLC, pero no significa que se pueda cambiar los límites territoriales.

“El mensaje del Tribunal (…)significa que debemos mirar hacia delante (y) olvidar algunos hechos del pasado y sobre todo dar a entender al país, al gobierno de Chile que si es posible, que el diferendo por la delimitación marítima corre por cuerda separada y es un tema que tendrá que resolverse en la Corte Internacional de La Haya”, expresó.

Finalmente, el magistrado del TC señaló que, en cumplimiento a la sentencia, de ahora en adelante todos los tratados ejecutivos de nivel internacional que piense celebrar o ratificar el Poder Ejecutivo deberán pasar obligatoriamente por el conocimiento y análisis del Congreso.

Sostuvo que ello permitirá que haya una mayor transparencia y publicidad en el objetivo que la población conozca de todos los acuerdos comerciales que puede suscribir el país.

“Siempre es bueno escuchar la opinión y la palabra de la representación nacional, sobre todo de la oposición”, expresó.

En la sentencia, el TC precisa que la consulta y opinión de las comisiones que estudien el contenido de los tratados, no condiciona la aprobación de los mismos por parte del Ejecutivo, tal como señala el artículo 89º del Reglamento del Congreso.

ANDINA – 09/02/10

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