Habrá segunda vuelta en las elecciones regionales

Accederán a esa instancia las dos listas con mayor votación, siempre que ninguna haya alcanzado un 30% de respaldo.

El pleno del Congreso aprobó un dictamen que establece la segunda vuelta en las elecciones regionales, la cual entrará en vigor en noviembre del 2010, siempre que ninguno de los candidatos alcance no menos del 30% de los votos válidos.

La norma aprobada precisa que el presidente y vicepresidentes regionales deberán ser elegidos con no menos del 30 % de los votos válidos; en caso que ninguna de las listas alcance ese porcentaje, se procederá a una segunda vuelta entre las fórmulas que lograron las dos más altas votaciones.

Así, la segunda elección se desarrollará dentro de los 30 días siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales de la citada elección.

En esta oportunidad ganará la lista que haya alcanzado la mayoría simple de los votos válidamente emitidos.

La propuesta legal aprobada modifica también algunos artículos referidos al número y elección de los miembros del Consejo Regional, la inscripción de los movimientos, organizaciones y alianzas políticas regionales.

En ese contexto, señala que en adelante los movimientos regionales para lograr su inscripción deberán adecuarse a los requisitos que establece la Ley de Partidos Políticos.

En cuanto al número de miembros del Consejo Regional, este deberá estar integrado por un número no menor 7 ni mayor de 25 consejeros. El Jurado Nacional de Elecciones deberá determinar el número de miembros que corresponderá a cada región.

El texto sustitutorio de la norma, que modifica diversos artículos de la Ley de Elecciones Regionales, fue aprobado por 64 votos a favor, 28 en contra y 11 abstenciones.

Previamente, la representación nacional aprobó una reconsideración a la votación que desestimó dicha propuesta legal en la sesión del pasado 17 de setiembre.

ANDINA – 03/12/09